Sabido es que luego de aprobado en general
el presupuesto en la Cámara de Diputados, los diputados de la UCR dentro del
interbloque “Cambiemos” intentaron colar un proyecto para que los jueces
empiecen a pagar el impuesto a las Ganancias, pero los del PRO los desalentaron
y luego de un cuarto intermedio, la iniciativa quedó abortada.
En realidad, para
que los jueces paguen Ganancias no es necesario que el Congreso haga nada,
porque la exención que los favorecía ya fue derogada en 1996 por la Ley 24.631, pero la Corte
menemista dictó entonces la Acordada 20 que aun rige, y declaró a esa reforma
inaplicable, por inconstitucional.
Es entonces la
Corte la que -desde hace años- podría resolver el asunto, simplemente dejando
sin efecto esa Acordada, pero no lo hace porque seguramente desataría una
rebelión interna dentro del propio Poder Judicial que encabeza.
Para el gobierno
los beneficios de haber frenado la idea de los radicales son bastante
evidentes, aunque haya algún paparulo/a que no se de cuenta: tener una moneda
de cambio para canjear por favores de una estructura a la que necesita como el
agua, para mantener jaqueados por persecuciones judiciales a los opositores
políticos (con Cristina a la cabeza) y sindicales (con blanco central en
Moyano); y al mismo tiempo mantener indemne al presidente y sus funcionarios de
toda causa judicial que pueda comprometerlos.
Lo que es bastante
menos conocido de los avatares del presupuesto en el Congreso, es esto que cuenta Horacio Rovelli en su nota en la última edición de “El cohete a la luna”: “No estaba en el Proyecto de Presupuesto Nacional remitido
por el gobierno al Congreso de la Nación y lo pusieron en el Dictamen de la
Mayoría oficialista, pero los Diputados de la oposición se enteraron a las 21
del día martes 23 de octubre de 2018 -porque se lo remitieron por mail, para
ser tratado el día posterior a las 11 en el recinto-, que se le permite a “los
sujetos cuya actividad sea la prestación de servicios de radiodifusión
televisiva abierta o por suscripción mediante vínculo físico y/o
radioeléctrico, de radiodifusión sonora, señales cerradas de televisión, las
empresas editoras de diarios, revistas, publicaciones periódicas o ediciones
periodísticas digitales de información en línea y los distribuidores de esas
empresas editoras”, computar
como crédito fiscal del gravamen (IVA), las contribuciones patronales sobre la
nómina salarial del personal afectado a dichas actividades, devengadas en el
período fiscal y efectivamente abonadas al momento de presentación de la
declaración jurada del tributo.”.
Es decir: las
empresas dueñas de los medios de comunicación audiovisual y gráficos y de
sistemas de cable recibirán (de confirmar el Senado lo que aprobó Diputados) un
importante alivio fiscal, porque podrán pagar menos de IVA, imputando a cuenta
del impuesto los aportes patronales por su nómina de empleados; o sea que en un
presupuesto que dice buscar como objetivo central el “déficit cero”, se le
están retaceando ingresos al fisco nacional, en beneficio de algunas de las
empresas más poderosas del país.
Al igual que con el pago de Ganancias por los
jueces (donde el gobierno ni siquiera les dejó colar el tema a sus socios
menores en la coalición de gobierno), de éste modo Macri está retribuyendo a
sus aliados reales, los que efectivamente pesan en el dispositivo político del
oficialismo; y no son cartón pintado como la UCR o la Coalición Cívica.
1 comentario:
Si por una ley se dejara expresamente sin efecto la Acordada 20, fundamentando que vulnera el principio constitucional de igualdad ante la ley. Y que el concepto de intangibilidad de la remuneración del poder judicial no depende de una excepción tributaria ilegal.
¿Tendría la Corte actual tolerancia social para sacar una nueva acordada que conserve un privilegio inadmisible, como es el de no pagar ganancias en sueldos de 300 o 400 mil pesos?
El Colo.
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