LA FRASE

"DE MI ASCENSO A SECRETARIO DE ESTADO SOLO DIRÉ QUE SI UNO ES BUENO EN LO SUYO, EL RECONOCIMIENTO SIEMPRE LLEGA." (MANUEL ADORNI)

viernes, 10 de mayo de 2019

TRIBUNAL DE CUENTAS Y CLIMA DE NEGOCIOS


Tres meses atrás les contábamos en esta entrada que Lifschitz había dictado un decreto "retroactivo" al 2014, para remediar los cinco años de "olvido" de renovarle al Ente Administrador del puerto de Santa Fe, el usufructo de los bienes inmuebles en los que está emplazado; cuyo dominio es de titularidad del Estado provincial.

Decíamos entonces: "El nuevo Código Civil y Comercial de la nación (aprobado en el 2014, para entrar a regir desde el 1º de agosto del 2015) extiende el plazo posible de constitución del usufructo de bienes inmuebles a favor de una persona jurídica, a 50 años como máximo; disponiendo además que al constituirlo debe fijarse su plazo de duración, dentro de ese máximo (artículo 2152, inciso b.). 

Como pueden ver, el decreto nada dice al respecto, y pretende “retrotraer” todo al 2014, cuando se venció el anterior usufructo y no se tramitó en tiempo y forma su renovación, por las autoridades del Ente de entonces (Vorobiof), como tampoco lo hicieron los que las sucedieron, hasta hoy.

Pero omite dos circunstancias relevantes: 1) En el medio se sancionó un nuevo Código Civil y Comercial, con los cambios señalados, y más importante, 2) no se cumplió con el decreto reglamentario de la ley en cuanto a presentar por parte del Ente “...una memoria amplia y precisa, donde deberá detallarse, el estado de los inmuebles a ese momento y precisando las accesiones y disminuciones que hubieren tenido lugar...”. 

Esto último coincide (sugestivamente) con el período de mayor desarrollo de los negociados inmobiliarios en el puerto, al amparo del denominado “Master Plan”. Debe ser casualidad."

Como ven en el decreto de apertura, advertida la omisión del plazo de constitución del usufructo por el Tribunal de Cuentas, formuló un "reparo administrativo", para que se precise que se trata de eso (un usufructo), y para que se fije el plazo por el cual se lo constituye, a favor del Ente.

Y sin decir agua va, el gobernador en el decreto (dictado a tres días de las PASO9) le clavó el máximo permitido por el Código Civil y Comercial: 50 años, o lo que es lo mismo, por lo que le queda a él de mandato, y lo que duren los mandatos de sus 12 sucesores, si es que algún día no se reforma la Constitución, cambiando la duración del mandato del gobernador.

Si eso no es generar reglas de juego claras para favorecer el clima de negocios, vaya uno a saber que lo será: imagináte la de curros que podrá armar el "círculo rojo" santafesino con los bienes del puerto, en 50 años, al estilo del nuevo shópping que está construyendo el grupo Boldt, a través de una de sus sociedades controladas.

¿No creerán que de este modo les facilitan escriturar los departamentos de lujo construidos en terrenos públicos a los que compraron en los "desarrollos inmobiliarios" VIP promovidos en tiempos de Vorobiof, no? Una especie de donación encubierta, digamos.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Pero los que compran departamentos en el puerto sobre terrenos de la provincia ¿que escritura van a tener?
La provincia cedió el uso y goce al Ente y este lo cede a "desarrolladores inmobiliarios".
Esa inmobiliaria solo puede ceder el uso y goce de los departamentos,no la propiedad, porque no la tiene. Sería solo una escritura que se cede el uso y goce.
Entonces cuando se venza el plazo que ahora fijan(50 años), según la ley, el que usa el departamento se queda sin el inmueble. ¿saben esto los que pagan fortunas por esos departamentos?
¿ O les prometen que van a cambiar la ley?

La Corriente Kirchnerista de Santa Fe dijo...

Ahí está el huevo, y no lo pise.