Empecemos leyendo en Página 12 que entre el 2010 y el 2013 la Unidad de Información Financiera (UIF) aplicó multas por 221,7 millones de pesos a bancos, joyerías, escribanías, sociedades de Bolsa y aseguradoras, por no reportar operaciones financieras sospechosas; pero sólo pudo cobrar 250.000 pesos; porque las multas fueron apeladas en la justicia.
Que no resuelve los reclamos (impidiéndole al Estado cobrar las multas) porque la Cámara de apelaciones dice que deben intervenir los jueces de primera instancia; aunque la propia ley de lavado dice que deben actuar ellos.
Después pasemos a La Nación, que nos cuenta que una jueza de primera instancia de la Capital Federal ordena a la cooperativa que autogestiona el hotel Bauen (símbolo de las empresas recuperadas por sus trabajadores) desde hace 13 años, que lo deben desalojar para devolvérselo a sus propietarios; que lo compraron en la quiebra de los anteriores que se rajaron, dejando en banda a los trabajadores que lo mantuvieron abierto todos estos años.
Y dejamos para el final lo mejor: siguiendo este enlace pueden acceder al publicitado fallo de la Corte que -a pedido del CIPPEC- le ordena al gobierno dar a conocer el padrón de beneficiarios de los programas sociales "Plan Nacional de Seguridad Alimentaria" y "Plan Nacional Familias Desarrollo Local y Economía Social" ; no ya con el argumento del "libre acceso a la información pública" (que sería lo de menos: que los tapen de papeles), sino con otro peor.
Que casualmente están formadas por gente de clase media con buena parte de los problemas fundamentales de cualquier familia (empleo, vivienda, salario, salud, educación) resueltos; y mucho tiempo libre que pueden destinar a (por ejemplo) "rescatar a nuestros hermanos pobres de las garras del clientelismo"; como le gustaba decir a Carrió.
Porque el fundamento de todo esto (el pedido corresponde a los años 2006 y 2007) es la presuposición de que hay interferencia política de aparatos clientelares en el otorgamiento de los planes sociales (el principal por lejos es la AUH y cualquiera puede tramitarla en una oficina de la ANSES sin mediación de nadie); y como contrapartida de los beneficios se le exige a la gente que vote a favor del gobierno.
Presuposición a la que el fallo de la Corte (con la excusa del "libre acceso a la infornmación pública") le termina dando entidad de mandato judicial; al sostener que no sólo el CIPPEC puede acceder a la información, sino evaluar si los beneficios han sido bien o mal dados.
Y si bien eso es lo peor -lejos- del fallo, no olvidemos que la misma Corte se negó a aplicar la Ley 26.856 que la mandaba a publicar los fallos judiciales en un portal de acceso gratuito, y a registrar en la Oficina Anticorrupción las declaraciones juradas patrimoniales de los integrantes del Poder Judicial, para que fueran accesibles a cualquiera por Internet.
Doble vara, que le dicen.
3 comentarios:
CIPPEC, lo primero que deberían explicar es quien les pone la guita a ellos.
El link al fallo de la corte lleva a tu computadora, así que va a ser un poco complicado llegar a leerlo.
Por lo demás, muy bueno el post.
Saludos
Ahí lo corregimos Groucho, ahora sí se puede leer y bajar el fallo
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