LA FRASE

"LA CANTIDAD DE PERROS DEL PRESIDENTE ES UNA DE LAS CUATRO O CINCO COSAS EN LAS QUE LOS ARGENTINOS NOS TENDRÍAMOS QUE PONER DE ACUERDO." (MANUEL ADORNI)

sábado, 23 de mayo de 2020

DEBATE ABSURDO


Hace unos días les contábamos en ésta entrada del decreto que firmó Perotti para que los municipios y comunas que quieran acceder a fondos para acciones vinculadas a la pandemia por coronavirus, tengan que cumplir estrictamente con las normas nacionales y provinciales en la materia; y fiscalizar además que se cumplan en su ámbito.

Desde entonces venimos asistiendo a un debate absurdo planteado por los legisladores del Frente Progresista (sobre todo los diputados radicales y socialistas), que no se entiende bien a donde conduce.

Porque basta leer el decreto para entender que dice algo muy sencillo: las normas y medidas destinadas a enfrentar la pandemia son -en primer lugar- nacionales, como el "aislamiento social, preventivo y obligatorio", vulgarmente denominado cuarentena.

Luego provinciales, por delegación directa del Estado nacional, y porque así lo disponen en espejo dos artículos: el 128 de la Constitución Nacional, y el 72 inciso 19) de la Constitución de la Provincia; ambos citados en el decreto cuestionado.

Mientras el primero dice que "Los gobernadores de provincia son agentes naturales del Gobierno federal para hacer cumplir la Constitución y las leyes de la Nación.", el segundo señala que "El gobernador de la Provincia:... Hace cumplir en la Provincia, en su carácter de agente natural del gobierno federal, la Constitución y las leyes de la Nación.".

Como ven, hasta acá no es necesario ser un jurista consumado para entender de lo que se trata: la nación dicta normas en todo el país, los gobernadores, las hacen cumplir en sus provincias. Y los intendentes y presidentes comunales -como cualquier hijo de vecino- deben cumplir con esas normas, y garantizar que se cumplan en sus respectivas localidades.

Y si no lo hacen -porque si lo hacen el decreto en cuestión no se les aplica- se tienen que atener a las consecuencias: no podés pedir plata para afrontar el coronavirus, al mismo tiempo que sos un desorejado que habilita cualquier cosa, en cualquier condición, o no controla nada, pese a la cuarentena y los riesgos de contagio.

Acá hubo tipos que habilitaron los gimnasios (prohibidos en el DNU 459/20, artículo 10, y antes en el DNU 408/20 artículo 4), o que se largaron a habilitar actividades antes que estuviera la excepción nacional, o que la autorizara el Gobernador en el marco de los decretos nacionales que lo habilitaron. A él, no a cada intendente o presidente comunal. Eso sin contar que en otras cuestiones se hicieron bien los boludos, como cerrar los shoppings, o controlar los precios del alcohol en gel o los demás insumos críticos.

Pero insistimos: el cuestionamiento al Decreto 420 es, lisa y llanamente, absurdo: si vos cumplís con las normas, no tenés problemas, el decreto no es para vos. Y si no cumplís, bancátela: ¿cuál sería el verdadero reclamo, que los dejen hacer lo que se les cante, impunemente?

Tuit relacionado: 

No hay comentarios: