LA FRASE

"ELCOMITÉ DE CRISIS POR LA GUERRA EN MEDIO ORIENTE LO DISOLVÍ AL DÍA SIGUIENTE DE CREARLO PARA QUE VEAN QUE VOY EN SERIO CON LO DE ACHICAR EL ESTADO." (JAVIER MILEI)

sábado, 30 de mayo de 2020

ERA DEMASIADA VENTAJA PARA LOS DEVALUADORES


Por A.C.

Grandes empresas que vendían algunos de sus muchos dólares a través del Contado con Liquidación (CCL) a $120. Y después, con la excusa de una operación de importación, compraban esos mismos dólares a $70 través del Mercado Unico y Libre de Cambios (MULC).

Con solo 100.000 dólares vendidos, recaudaban 12 millones de pesos, y después compraban esos mismos 100.000 dólares a 7 millones de pesos en el MULC.  Pase mágico por el que queda una diferencia de 5 millones de pesos que fueron a manos de unos pocos pero que pagaremos todos.
Y en la ida y vuelta de estas operaciones, otros compraban esos dólares pagando $120 vía CCL para efectuar inversiones de “formación de activos externos”, es decir sacar dólares del país para depositarlos en cuentas en el exterior, utilizando una cómoda herramienta financiera para blanquear pesos cuyo origen posiblemente no les resultaría fácil demostrar.
¿Cuántas operaciones de este tipo se hicieron durante los meses de abril y mayo? ¿Si se conoce que ésto repercute en el tipo de cambio, porqué se dejó operar sin ningún control a las sociedades de bolsa, únicas autorizadas a efectuar estas operaciones?
Por dichas razones, hace ya muchos días y desde éste humilde blog, le reclamábamos al Sr. Consentino, titular de la Comisión Nacional de Valores, que ese organismo interviniera sobre éstas operaciones. 
Pero se dejó jugar libremente con las herramientas para la fuga de divisas, como lo son el CCL y el dólar bolsa, y las consecuencias fueron muy negativas, como no podía ser de otra manera, porque el “mercado” no descansa ni aún en la pandemia. Los grupos económicos que mantienen sus ingresos y que generan excedentes, los vuelcan en su mayoría a inversiones financieras dolarizadas y a la fuga, generando presión sobre la cotización del dólar paralelo o dólar blue, que cotizaba a fines de marzo a $85 y que en poco tiempo superó los $130, aunque por estas horas se ofrezca a $125.
Más allá de lo que podamos opinar al respecto, la realidad muestra que Argentina tiene un mercado cambiario dual, el dólar oficial por un lado y el dólar paralelo por otro, y la ampliación de la brecha cambiaria genera expectativas de devaluación. Y eso no es bueno, tanto por la posibilidad de traslado a precios como por el aumento de otras dificultades, como lo vemos con otro actor del mercado cambiario, las grandes exportadoras cerealeras, que se encuentran sentadas sobre los silos y deliberadamente no liquidan sus tenencias, lo que impide el ingreso de dólares aumentando la presión sobre el precio de esa divisa.
Es evidente que desde el Banco Central se reaccionó imponiéndose un objetivo que abarca el dólar oficial y ahora también la brecha cambiaria, con el propósito de regular las operaciones que generan presión sobre el tipo de cambio.
Por  Comunicación “A” 7030 el Banco Central dispone a partir del 29 de mayo de 2020, una serie de medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes.
Las medidas incluyen al dólar Contado con Liquidación (CCL), operatoria en la cual las empresas que hubieran operado en CCL desde el 1 de abril de 2020, no podrán adquirir dólares a través del MULC, es decir al precio del dólar oficial. Y aquellas que adquirieron divisas a través del MULC, deberán esperar un plazo de 90 días para poder operar en CCL.
Y una medida que resulta incontrovertible:  las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos, es decir las empresas que fugaron divisas, deberán abonar con esos dólares fugados las obligaciones que deban cancelar en el exterior.
Además, para evitar maniobras de fuga vía “inversión financiera” a través de títulos públicos, para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambiose establece una restricción por el plazo de 90 días previos y 90 días posteriores para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas.
Era demasiada ventaja la falta de regulación y de reacción ante el ataque sistemático al peso que efectúan unos pocos dueños de grandes reservas en dólares, los eternos profetas del atraso cambiario y fundamentalistas de la devaluación.

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