LA FRASE

"EN LA PRÓXIMA LICITACIÓN DE CAMIONETAS TENEMOS QUE COMPRAR UNAS EN LAS QUE QUEPAN BUSTOS PERONISTAS." (FEDERICO STURZENEGGER)

miércoles, 1 de agosto de 2018

DIRECTIVAS DE AFUERA


Tal como se venía anunciando hace unos días y veíamos acá finalmente el gobierno complementó su reforma al rol de las Fuerzas Armadas aprobando la nueva “Directiva Política para la Defensa Nacional” mediante el Decreto 703 firmado por Macri y publicado ayer en el Boletín Oficial (completo acá).

Tal como se suponía, la nueva Directiva (que reemplaza a la aprobada por los Decretos 1714/09 y 2645/14 de Cristina, a los que deroga) impone un cambio sustancial al rol, la doctrina y las hipótesis de conflicto de nuestras Fuerzas Armadas, poniendo casi en un mismo plano de igual su función primordial (la defensa de la soberanía nacional, la integridad territorial del país y su capacidad de autodeterminación política ante ataques externos, con otras que hasta acá eran subsidiarias; como las tareas de apoyo a la seguridad interior en el marco de la Ley 24.059.

Para muestra de lo dicho, baste un botón: el decreto viene acompañado de un anexo de 40 fojas en el que se desarrolla la nueva “Directiva”, en el que solo se le dedican diecinueve (19) renglones al conflicto con el Reino Unido de Gran Bretaña por la soberanía sobre las islas Malvinas, mientras por contraste se mencionan doce (12) veces la problemática del narcotráfico, nueve (9) veces el terrorismo y ocho (8) veces la defensa del cyberespacio; y cuando se habla de Malvinas se señala que “La República Argentina mantiene su reclamo de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y sus espacios marítimos e insulares” sin hacer la más mínima mención a la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

Por el contrario, se dice que “La reciente mejora en la relación con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte contribuye al logro de este objetivo nacional irrenunciable, ya que favorece un espacio de oportunidad para incrementar la cooperación bilateral y promueve el interés nacional de preservar y explotar los recursos naturales allí existentes.”; cuando en función del acuerdo firmado en 2016 lo que sucede es precisamente lo contrario., pues el Estado argentino renuncia incluso a aplicar las sanciones que contemplan las Leyes 26.659 (2011) y 26.915 (2013) para las empresas que los explotan con licencias otorgadas por los kélpers.

En los considerandos del decreto se hace derivar el cambio en las misiones primordiales de las Fuerzas Armadas de las promesas de campaña de Macri (“Que el Poder Ejecutivo Nacional ha establecido como objetivos transversales de su gestión de gobierno la lucha contra el narcotráfico, la reducción de la pobreza y la unión de los argentinos, por lo que su cumplimiento exige la colaboración de todas las áreas del Estado, conforme sus competencias y responsabilidades específicas.”), y se señala que las normas aprobadas por el kirchnerismo le imponían al instrumento militar de la defensa nacional “un conjunto de limitaciones doctrinarias”.

Para resolver ese problema, Macri adopta llave en mano la doctrina de las "nuevas amenazas" del Comando Sur del Pentágono, y así por ejemplo la Directiva afirma que el aumento de las capacidades militares de China y Rusia (no su creciente preponderancia económica) genera un contrapeso para el poder militar de los Estados Unidos; y lejos de condenar la ruptura al multilateralismo ocasionada por la doctrina de las “guerras preventivas” de la principal potencia mundial, pone la responsabilidad en “otros países” que no menciona, y señala que el proceso no es irreversible porque se han fortalecido instancias de cooperación internacional como la OCDE o el G20, como si esos “clubes de países ricos” pudieran reemplazar a la ONU en la solución de conflictos internacionales.

Hay varias alusiones veladas (sin precisarlas en un Estado concreto) a los Estados que alientan o favorecen el terrorismo, o “...están desarrollando medios cibernéticos para explotar las vulnerabilidades inherentes a los sistemas de comando, control, comunicaciones, inteligencia, vigilancia y reconocimiento.” (¿Rusia, según la denuncia del FBI la CIA sobre la última campaña presidencial yanqui?); y en el análisis de la situación regional el primer hecho que se menciona -y al que se le asigna un lugar destacado- es la situación de Venezuela, de la que se señala que “...afecta negativamente la estabilidad de la región, especialmente la de los países vecinos. Estos últimos enfrentan un creciente flujo de refugiados que impacta sobre las economías limítrofes; generando condiciones propicias para la criminalidad organizada y el narcotráfico, y produciendo un efecto derrame hacia el resto de la región que debilita su gobernanza.”. ¿Abren la puerta para involucrar a nuestras Fuerzas Armadas en una eventual invasión militar orquestada por EEUU? 

Luego de constatar la ausencia de conflictos militares en la región, la contrapone con “...el aumento de problemáticas de seguridad transnacional...tales como narcotráfico, lavado de dinero, tráfico de personas y eventualmente terrorismo.” (las negritas son nuestras), ante las que las Fuerzas Armadas deben intervenir, no obstante reconocer que “Las estrategias de lucha contra el narcotráfico son un objeto de debate en la región, particularmente en lo que respecta al modo en que debe abordarse el conflicto y a las agencias que deben intervenir en la prevención, conjuración e investigación de este fenómeno delictivo.”. No hay ninguna referencia puntual al fracaso de la militarización de la lucha contra el narcotráfico en Colombia o México, por ejemplo.

Otro tanto sucede con el terrorismo: el decreto señala que “En la actualidad, nuestra región no representaría un escenario de alta prioridad para la proyección y acción directa de organizaciones terroristas, en especial de aquellas asociadas al extremismo islámico. Sin embargo, los países de América del Sur colaboran estrechamente en el control de zonas calientes y puntos críticos; entre ellas la Triple Frontera entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil y la República del Paraguay. La principal preocupación de seguridad en esta zona fronteriza refiere a los flujos de financiamiento para organizaciones vinculadas al terrorismo islámico, o bien en su rol como escala de tránsito y entrenamiento de células terroristas. Pese a la baja probabilidad de atentados terroristas en América del Sur, aún persisten en la región organizaciones políticas que han apelado a este tipo de tácticas en el pasado.”. (Otra vez las negritas son nuestras) Es decir, exactamente la misma justificación que vienen empleando los Estados Unidos para presionar para instalar una base militar en la zona.

Estos otros párrafos tienen claras reminiscencias de la doctrina de la seguridad nacional (las negritas son nuestras): “La falta de identificación de amenazas convencionales directas no implica que la República Argentina carezca de riesgos y desafíos para la Defensa Nacional. A diferencia de las amenazas -en las que se aprecian indicios de una voluntad de daño -, los riesgos constituyen situaciones cuya probable evolución podría afectar los intereses nacionales en materia de Defensa. Esta afectación puede responder a la explotación de vulnerabilidades propias, en particular las relacionadas a la vigilancia y control de los espacios soberanos, o al condicionamiento de la postura estratégica de la Nación en la arena internacional.

Las tendencias vinculadas a la transformación de las formas de la guerra y la combinación de formas tradicionales y no tradicionales de agresión representan un riesgo para los objetivos estratégicos de la Nación. La proliferación de este riesgo tiene un claro protagonismo en la agenda internacional y afecta la seguridad de todos los Estados del mundo. En este marco, la ocurrencia de un ataque contra los objetivos estratégicos de la República Argentina configura un problema de alto impacto potencial para la Defensa Nacional. El Sistema de Defensa Nacional debe planificar y proteger los objetivos estratégicos que puedan ser objeto de una agresión de origen externo.”. 

Lo curioso es que en ninguna parte de las 40 fojas de la “Directiva” se identifican ni los potenciales agresores, ni se enumera ninguno de los “objetivos estratégicos" que podrían atacar, sino que se los deja librado a la decisión del Presidente: ¿una explotación petrolera tomada en protesta por el recorte en las asignaciones familiares en la Patagonia, una central nuclear ídem, en protesta por los despidos?

El decreto plantea como objetivos centrales para las Fuerzas Armadas “El incremento de la participación en los organismos multilaterales en materia de defensa, principalmente en el marco de la Organización de los Estados Americanos (OEA), así como también en otras instancias de cooperación regional, hemisférica e internacional” y “El involucramiento activo en ejercicios y adiestramientos militares combinados con las Fuerzas Armadas de países aliados y amigos, conforme las prioridades estratégicas definidas por la política exterior argentina.”; lo que traducido significa: con las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, y participar de la Junta Interamericana de Defensa; ese apéndice del Comando Sur del cual surgiera la tristemente célebre "Escuela de las Américas".

El decreto le encomienda al Ministerio de Defensa un plan de reestructuración de las Fuerzas Armadas adecuando “...el despliegue territorial a las necesidades de la actual coyuntura estratégica y las exigencias de su preparación para el empleo, abandonando el criterio de "ocupación territorial.”, para lo cual “...deberá elevar para consideración del Poder Ejecutivo Nacional un listado de instalaciones no necesarias desde el punto de vista de la Defensa Nacional. Las propuestas de cierre y/o apertura de instalaciones militares deberán ser acompañadas de un diagnóstico relativo a su impacto.”. Es decir que se vienen cierres de cuarteles, y venta de inmueble hoy afectados al uso de las Fuerzas Armadas, para favorecer negocios inmobiliarios.

También le encomienda a la cartera de Aguad “...deberá avanzar en la formulación de un plan de modernización institucional dirigido a racionalizar las estructuras administrativas y burocráticas de la jurisdicción.”, considerando las restricciones fiscales y puntualizando que “Las organizaciones y capacidades del Sistema de Defensa Nacional no involucradas en tareas prioritarias y responsabilidades en tiempo de paz deberán reducir sus estructuras de personal.”; lo cual anticipa nuevos despidos en el sector público.

Nada dice el decreto que pueda suponer algo parecido a un plan de desarrollo de las capacidades nacionales de producción para la defensa (armamentos, material bélico, equipamiento tecnológico), lo cual es totalmente compatible con un gobierno que viene desguazando Fabricaciones Militares, cerró FANAZUL o viene asfixiando financieramente a INVAP. Y no es un dato menor recordar que el Decreto 683 derogó la "Directiva de Organización y Funcionamiento de las Fuerzas Armadas" aprobada por el Decreto 1691/06 de Néstor Kirchner, sin reemplazarla por otra; a lo cual se suma que el mismo decreto de Macri excluyó al Estado Mayor Conjunto de toda intervención en el asesoramiento para la compra de material y equipamiento para las FFAA.

Sin esa otra "Directiva", queda al gobierno un amplísimo marco de discrecionalidad (en tanto reina la oscuridad) respecto a los criterios de organización específicamente operaciones del instrumento armado de la defensa (las FFAA), porque la orden dada al Ministerio de Defensa de proponer una nueva ley del personal militar que reemplace a la Ley 19.101 (1971) solo resuelve los aspectos escalafonarios del reclutamiento y la carrera del personal; no el funcionamiento de las fuerzas.  

Es además muy sugestivo (y peligroso) que en el marco de una "Directiva" que ensancha las tareas de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad interior (a punto tal que ya no las considera "subsidiarias") solo se hagan genéricas y vagas referencias a la Ley 24.059, sin precisar -por ejemplo- que el artículo 32 de la misma dispone que el empleo de elementos de combate de las FFAA para "restablecer la seguridad interior" cuando el accionar de las fuerzas de seguridad fuera insuficiente a esos fines requiere la previa declaración del estado de sitio por el Congreso (si se trata de conmoción interior), o por el presidente con acuerdo del Senado si se trata de un ataque exterior, o el Congreso está en receso (Constitución Nacional, artículos 86 inciso 29) y 99 inciso 16)). Llegado el caso ¿nos pondrá Macri frente a los hechos consumados, aduciendo que la ley de seguridad intrior y la Constitución "tienen lagunas"? 

En síntesis y más allá del lógico rechazo que despertó el Decreto 683 al volver a involucrar activamente a las Fuerzas Armadas en la seguridad interior, la nueva “Directiva” supone delegar en los organismos militares de los Estados Unidos el accionar operativo de las mismas, tal y como el gobierno de Macri delegó en los tecnócratas del FMI la conducción de la economía a partir del acuerdo stand by; en otro intento de soltar lastre y licuar el poder institucional del gobierno y el presidente, para conseguir apoyos que le permitan remarla hasta diciembre de 2019.

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