"Protección de la niñez y contenidos dedicados. En todos los casos los contenidos de la programación, de sus avances y de la publicidad deben ajustarse a las siguientes condiciones:...
No será permitida la participación de niños o niñas menores de doce (12) años en programas que se emitan entre las 22.00 y las 8.00 horas, salvo que éstos hayan sido grabados fuera de ese horario, circunstancia que se deberá mencionar en su emisión. "
(Ley 26.522, artículo 68)
2 comentarios:
El "Presidente de la Nación" dando el ejemplo como un ciudadano mas. NO sería el caso.
La desesperación es mucha y los tiempos apremian.
Macri violador de leyes.
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