LA FRASE

"NO ES TAN DIFÍCIL DE ENTENDER: ESTELA DE CARLOTTO ES GOLPISTA Y EL GENERAL VIDELA LO ÚNICO QUE HIZO FUE COMBATIR AL TERRORISMO." (VICTORIA VILLARRUEL)

martes, 16 de abril de 2019

LO SOSPECHÉ DESDE UN PRINCIPIO


Desde el inicio mismo de la mal llamada “causa de los cuadernos” flotaba la sensación de que detrás de ella había algo más que el propósito de meter presa a Cristina y a ex funcionarios del gobierno anterior, para sacarlos de la cancha. Sobre todo cuando el inefable dúo Bonadío-Stornelli entró a utilizar a discreción la figura del “arrepentido” para doblegar empresarios, y definir quien de ellos quedaba tras las rejas, o zafaba a cambio de un testimonio “conveniente”.

La misma génesis del escándalo (con una “investigación” del periodista Cabot) autorizaba a pensar que había manos más allá de las del gobierno de Macri, moviendo los hilos de la conjura. Los avatares posteriores en la causa de importantes popes empresarios como Paolo Rocca (que acaba de zafar por un fallo de la Cámara Federal) y otros ejecutivos de Techint, y las revelaciones del “D’Alessio gate” lo terminaron de confirmar: lo que había además de una operación política era una ofensiva para derrumbar el valor de grandes empresas argentinas o que operan en el país, para que pudieran ser compradas a precio de remate por inversiones extranjeros, en especial de los Estados Unidos.

Y cuando uno lee esta nota de La Nación sobre lo que va a suceder en las concesiones de los corredores viales ya licitados bajo el sistema PPP (Participación Pública Privada), donde se les impondría a las empresas ganadoras que los ejecutivos implicados en la causa sean separados de sus cargos, o las empresas deban vender acciones si los implicados son accionistas; como condición necesaria para poder seguir participando de los contratos.

Una condición que no se estableció en los pliegos, ni se les exigió a las empresas cuando presentaron sus ofertas, pero que le hace un mancha más al tigre, al fin y al cabo: no ha habido reglas de juego jurídicas más toqueteadas que las de las licitaciones bajo el sistema PPP, empezando por la propia ley que instauró el sistema; votada en 2016 por el oficialismo de “Cambiemos” y la “oposición responsable”. Cualquier puede imaginar que en esas condiciones (una venta forzada legalmente) las acciones se venderán baratas, más incluso de lo que ya han derrumbado su precio algunas, como consecuencia de las desastrosas políticas económicas del macrismo, que al par de causas daños sociales, destruyen el valor de las empresas

Y la exigencia de que los empresarios “encuadernados” se desprendan de sus acciones no devendría ya del gobierno (que trató por todos los medios de despegarlas del escándalo, y sostener las polémicas concesiones en las que basa toda su estrategia de obra pública), sino de los bancos que tendrían que aportar el financiamiento necesario para encarar las obras (JP Morgan, Goldman Sachs, HSBC, Deutsche Bank, Citibank y UBS ), cosa que a su vez primero era un requisito esencial para aceptar propuestas, y luego el propio gobierno fue flexibilizando, para que no se cayeran.

La cuestión desde el punto de vista jurídico es, lisa y llanamente, insostenible: no se puede separar a los ejecutivos o accionistas que pudieron haber cometido un delito (o que al menos así lo confesaron declarando como “arrepentidos” para no ir presos), de las empresas que presuntamente se beneficiaron de esos delitos, obteniendo contratos mediante el kirchnerismo, con el pago de coimas.

El único modo de hacerlo sería que se demostrara que obraron en su exclusivo beneficio y sin conocimiento o aprobación de las empresas, algo que por otro lado está desmentido en algunos testimonios obtenidos en la misma causa de los “cuadernos” (fotocopias), y aq la inversa en otros casos, como el de Paolo Rocca, se despegaron de las responsabilidades con solo decir que no sabían nada: lo real es que los presuntos coimeros no se mandaron solos a pagar las coimas, y si lo hicieron, las empresas ratificaron expresa o tácitamente sus maniobras, al no renunciar a los contratos así obtenidos.

Por otro lado, esa es la solución que consagraba para la responsabilidad penal de las personas jurídicas el artículo 59 del anteproyecto de Código Penal elaborado durante el gobierno de Cristina, y la misma que disponen los artículos 304 y 313 del Código vigente, para el caso del lavado de dinero y de los denominados “delitos contra el orden económico y financiero”. La misma que estableció este mismo gobierno a través de la Ley 27.401 para los delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos, aun cuando en éste caso apeló al tecnicismo de señalar que la ley no regía retroactivamente.

Pero cualquiera sea el análisis jurídico que se haga respecto a los alcances para las empresas de lo que, obrando en su nombre y sin ser desmentidos o desautorizados, hicieron ejecutivos o accionistas, no quedan dudas que la propuesta de los bancos (que en el contexto deviene extorsión) de que vendan sus acciones para prestarles plata para financiar la ejecución de las obras bajo el sistema PPP debe ser leída en el marco señalado al principio, bajo el cual fue concebida la “operación cuadernos”: abaratar el precio de empresas argentinas para que sean compradas más fácilmente por inversores extranjeros, en especial norteamericanos.

Y si en el proceso logran encanar a opositores políticos molestos para sacarlos de la cancha y aleccionar a otros para que no consideren imitar su ejemplo en caso de llegar al gobierno, mejor: ninguno de los favorecidos con la liquidación por cárcel se va a enojar.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Regalame las acciones de tu empresa o te vas a podrir en la cárcel.
Primero la doctrina Irurzun. Ahora la consagración de la Doctrina Papel Prensa.
Ya llegará el momento de llenar calabozos con doctrinarios creativos y jueces a comisión.
El Colo.