LA FRASE

"ESTADOS UNIDOS ES UN PAÍS LIBRE, ALLÁ UN TIPO DE PIEL NARANJA PUEDE SER PRESIDENTE DOS VECES, NO COMO ACÁ, QUE YO NI PUDE SER GOBERNADOR." (MIGUEL DEL SEL)

martes, 23 de abril de 2019

NO HAY HONOR ENTRE LADRONES


En esta entrada analizábamos ayer el DNU 274, por el cual Macri lanzó el "nuevo régimen de Lealtad Comercial", que se vende como el reaseguro institucional del "acuerdo de caballeros firmado por el gobierno con algunas empresas formadoras de precios para mantener los precios de algunos artículos de primera necesidad hasta las elecciones.

Un DNU que parece destinado desde el vamos al mismo fin que los "precios esenciales": el fracaso más ostensible, antes de arrancar.Ayer puntualizábamos algunas incoherencias de la norma, fruto de un gobierno que está dando palazos de ciego a las apuradas para salir del embrollo que él mismo ha creado con sus políticas; para peor, apelando a políticas y medidas en las que no cree, ni en el fondo está dispuesto a aplicar. Van ejemplos.   

El DNU menciona reiteradas veces la Ley 27.442, sancionada en mayo del año pasado a instancias de un proyecto presentado por Carrió y Mario Negri, para reemplazar a la Ley 25.156 que también en su hora era presentada como la panacea para terminar con las situaciones de monopolio, concentración económica o abuso de posición dominante, y creó la "Autoridad Nacional de Defensa de la Competencia". Pero recién el 27 de marzo pasado por Resolución 84 la Secretaría de Comercio empezó el proceso de selección para cubrir los cargos en la misma; o sea que lleva un año (de plena aceleración de la inflación) siendo letra muerta.

El artículo 10 del DNU define diferentes situaciones, a saber: "Abuso de situación de dependencia económica: Explotar la situación de dependencia económica en que pueda encontrarse una empresa cliente o proveedora que no disponga de una alternativa equivalente para el ejercicio de su actividad en el mercado. Esta situación se presumirá cuando un proveedor, además de los descuentos o condiciones habituales, deba conceder a su cliente, de forma regular, otras ventajas adicionales que no se conceden a compradores similares." (inciso d); "Obtención indebida de condiciones comerciales: Se considerará desleal la obtención, bajo la amenaza de ruptura de las relaciones comerciales, de precios, condiciones de pago, modalidades de venta, pago de cargos adicionales y otras condiciones no recogidas en el acuerdo pactado o sin razones fundadas en los usos y costumbres comerciales." (inciso e), o "Venta por debajo del costo: La venta por debajo del costo de fabricación o por debajo del precio de adquisición, cuando forme parte de una estrategia encaminada a dificultar la entrada al mercado o eliminar a un competidor del mercado." (inciso f). (las negritas son nuestras)

Lo cual es muy curioso, porque justamente eso decían algunos de los artículos de la Ley 26.736, sancionada en 2011 para regular el funcionamiento de Papel Prensa. y que fueron quirúrgicamente derogados en enero de este año por la Ley 27.498, en base a un proyecto presentado por Marcos Lavagna y "Sanguchito" Bossio a pedido de Clarín y La Nación, y para el que Macri pidió tratamiento en extraordinarias. El mismo Macri que, a los pocos días de iniciado su gobierno, dictó el DNU 267 desguazando la ley de medios para eliminar de ella los artículos que le molestaban a Clarín para poder mantener su posición dominante en el mercado (declarados constitucionales por la Corte Suprema de Justicia; y que luego aprobara la fusión entre Cablevisión yTelecom.

El DNU incorpora entre los "actos de deslealtad comercial" los "Actos de imitación desleal:", definidos como "La imitación de bienes y servicios o iniciativas empresariales será considerada desleal cuando resulte idónea para generar confusión respecto de la procedencia de los bienes o servicios o comporte un aprovechamiento indebido de la reputación o el esfuerzo ajeno.". Este agregado (una de las únicas innovaciones respecto al régimen vigente de la Ley 22.802) pareciera hecho al solo efecto de defender a las grandes marcas de la competencias de "Las Saladitas", o para responder a las inquietudes del Departamento de Comercio de los EEUU para proteger a las empresas yanquis.

El gobierno que "relanzó" el programa Precios Cuidados tras haberlo desmantelado, desarmado el cuerpo de inspectores de la Secretaría de Comercio y haber eximido a las empresas de la obligación de informarle la evolución de sus costos al organismo para autorizar aumentos en los productos incluidos, no menciona para nada en el DNU a la Ley de Abastecimiento 20.680; aunque en este caso se comprende: cuando en el mismo año 2014 se la modificó por la Ley 26.991 para ampliar sus alcances y las facultades de la Secretaría de Comercio, quienes hoy forman "Cambiemos" y muchos otros (como el socialismo ahora lavagnista), votaron en contra.

Y lo hicieron porque creen (y siguen creyendo) en "la mano invisible del mercado", de allí que ahora no haya que creerles nada cuando nos dicen que van a intervenir para evitar abusos, o defendernos como consumidores de los abusos de las empresas. Como tampoco hay que creerles a los empresarios que parecen enojados con el gobierno, porque se va a meter a regular "cuestiones entre privados", como contaba esta nota de Infobae del jueves pasado, en la que se anticipaban detalles del DNU.

De hecho, si creyeran que la inflación se resuelve con leyes o dispositivos de control, sorprende (o no) que no apelan a los que contempla la Ley de Abastecimiento para sancionar a quienes "Elevaren artificial o injustificadamente los precios en forma que no responda proporcionalmente a los aumentos de los costos...", "Revaluaren existencias...", "Negaren o restringieren injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios, o redujeren sin causa la producción habitual o no la incrementaren...", "No tuvieren para su venta o discontinuaren, según el ramo comercial respectivo, la producción de mercaderías y prestación de servicios con niveles de precios máximos y mínimos, o márgenes de utilidad fijados...", según rezan los diferentes incisos de su artículo 4.

Demás está decir que el DNU (en apariencia, un "avance chavista" del macrismo) no se mete para nada en los márgenes de comercialización y ganancias, ni en las estructuras de costos de las empresas: el gobierno coincide con los empresarios en que esas son "cuestiones entre privados", que debe regular el mercado.

No se trata (como nos quiere vender el duranbarbismo) de que finalmente Macri traicionó a su clase y se enfrenta al "círculo rojo", sino de algo mucho más sencillo, y que la pasó a Pugliese en otro gobierno radical: les habló con el corazón (desregulando la economía para "liberar a las fuerzas productivas", como dijera Martínez de Hoz), y le contestaron con el bolsillo; desatando la inflación más alta de los últimos 28 años, ciertamente "ayudados" por las medidas del gobierno, como los tarifazos, o la dolarización y liberación de los precios de los combustibles. Porque no hay honor entre ladrones.

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