LA FRASE

"LOS OTROS DÍAS EN EL LLAO LLAO SONABA TODO EL TIEMPO "FUGA Y MISTERIO" PORQUE SIEMPRE FUE UNO DE MIS TEMAS FAVORITOS." (EDUARDO ELSZTAIN)

sábado, 1 de septiembre de 2018

EL QUE AVISA NO ES TRAIDOR


La información expuesta de fuente insospechada de kirchnerista: se trata nada menos que Matías Longoni, el periodista de "Clarín Rural", que cuenta lo que pasó como se puede leer en el hilo de tuits. Más información y datos, acá en El Cronista.

Etchevehere (el Ministro de Agroindustria) dejó abierto el registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DVJE) para que los operadores del comercio exterior de granos y oleaginosas registren operaciones que concretarán luego, especulando con un posible aumento de las retenciones o freno de su cronograma de rebajas en el caso de la soja, o reimplantación de las que fueron derogadas en el caso del trigo y el maíz, entre los cultivos más importantes.

Es decir exactamente lo mismo que pasó a fines del 2007 cuando terminaba el gobierno de Néstor Kirchner y se resolvió elevar las retenciones (fijas) de la soja de la alícuota del 28 % al 35 %: varias operadores importantes del mercado (las principales cereales y exportadoras del complejo oleaginoso) registraron operaciones a realizar en el futuro, respecto de las cuáles no pudieron acreditar en ese momento la propiedad del grano que iban a exportar, para pagar menos retenciones.

La ley a la que se refiere Longoni es la 26.351, dictada a fines de ese año 2007 como "interpretativa" de la Ley 21.453 de la dictadura, cuyo artículo 6 establece que "A los fines de la liquidación de los derechos de exportación, reembolsos, reintegros, contribuciones, tasas, servicios y demás tributos que gravaren o beneficiaren la exportación de las mercaderías a que se refiere la presente ley, serán de aplicación los regímenes tributarios, de alícuotas, arancelario y de base imponible (precio índice, valor FOB, valor FOB mínimo o equivalente) vigentes a la fecha de cierre de cada venta.". 

O sea, en el caso de las retenciones se paga o no según el régimen vigente al inscribir la operación en el registro de DJVE, y en caso de pagarse, a la alícuota vigente en ese momento. Para evitar maniobras especulativas como las que ahora describe Longoni, la Ley 26.351 estableció en su artículo 1 que "Cuando se produjera un incremento en más de las alícuotas correspondientes a los derechos de exportación de productos agropecuarios alcanzados por las disposiciones de la Ley Nº 21.453, en el período comprendido entre el Registro de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y el de la oficialización de la correspondiente Destinación de Exportación, los exportadores deberán acreditar de modo fehaciente la tenencia o en su caso la adquisición de tales productos con anterioridad al aludido incremento.".

Y su artículo 2 dispuso que "Quienes no satisfagan los requisitos establecidos por la autoridad de aplicación para el cumplimiento del artículo 1º, deberán tributar la mayor alícuota en concepto de derechos de exportación, entre las vigentes a la fecha del registro de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) o a la fecha de oficialización de las respectivas destinaciones de exportación." (las negritas son nuestras). O sea: el que no puede acreditar la propiedad o adquisición del grano al momento de registrar la venta mediante la DJVE, paga la alícuota mayor de todo el período que va de la misma, hasta el embarque respectivo.

En  la semana y como también señala Longoni, se conoció un decreto de Macri por el cual hacía lugar a un recurso presentado por Molinos Río de la Plata del Grupo Pérez Companc contra una resolución de la hoy disuelta ONCCA (Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario), que le notificaba a la AFIP que en aquel entonces (cuando las retenciones a la soja subieron del 28 al 35 %) Molinos no había logrado acreditar la propiedad del grano en un conjunto de operaciones inscriptas en el registro, de resultas de lo cual debía pagar una diferencia por aumento de las retenciones del orden de los 70 millones de dólares. Con el decreto de Macri, seguirá zafando de hacerlo, por ahora.

Pero en abril de éste año, Macri había dictado otra medida para favorecer a las exportadoras, en éste caso de soja: por el Decreto 265 (explicado en detalle acá) se estableció que, considerando que por el Decreto 1343/16 se estableció un cronograma de rebaja de la alícuota de las retenciones a razón de un 0,5 % menos mensual, se verían beneficiadas por la menor alícuota que rigiera en el mes en el cual concretan efectivamente el embarque, más allá de cuando registraran la venta: o sea, cuando les conviene una fecha la toman en cuenta, y si no, todo lo contrario.

Aun no es posible saber en que consistirán concretamente las medidas que en materia de retenciones anunciará el gobierno el lunes, algo es seguro: las exportadoras ya maniobraron para que no las perjudiquen, como hicieron durante el kirchnerismo. La diferencia es que en éste caso los propios actos del gobierno (el decreto de Macr, y la apertura del registro por Etchevehere, ex presidente de la Sociedad Rural) son los que las favorecieron.  

1 comentario:

Equis4 dijo...

Con respecto a esto, tengo una teoría: para vencer la resistencia de los agrogarcas o, al menos, no ganarse su odio eterno por la "traición" que significaría que el gobierno se apropie -como corresponde- de una porción de las fabulosas ganancias extraordinarias que están obteniendo gracias a la devaluación, les dejaron una puerta abierta para zafar (al menos en parte) y después, cuando estos turros del campo vayan a reclamarle a los otros turros -los del gobierno-, éstos últimos les van a decir "yo te avisé y vos no me escuchaste" con música de Los Cadillacs de fondo.