LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

lunes, 3 de septiembre de 2012

SOLO EL PRO PODÍA PONER COMO MINISTRO DE EDUCACIÓN A UN BRUTO QUE NO CONOCE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES


El salame éste propone hacer una consulta popular sobre la posibilidad de que se vote a partir de los 16 años, y sobre la reforma constitucional para introducir la posibilidad de una nueva reelección de Cristina.

Y resulta que no leyó la Constitución Nacional, que en su artículo 40, que habla de la consulta popular, dice lo siguiente: El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular.

O sea que había que dictar una ley que estableciera los mecanismos y -sobre todo- las materias que pueden o no ser materia de consulta popular; y eso se hizo en el 2001 con la Ley 25.432.

Que en su artículo 1º dice que:  El Congreso de la Nación, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular vinculante todo proyecto de ley con excepción de aquellos cuyo procedimiento de sanción se encuentre especialmente reglado por la Constitución Nacional mediante la determinación de la cámara de origen o por la exigencia de una mayoría calificada para su aprobación.  

Y en su artículo 6 lo repite para el caso de la consulta popular no vinculante: Puede ser sometido a consulta popular no vinculante, todo asunto de interés general para la Nación, con excepción de aquellos proyectos de ley cuyo procedimiento de sanción se encuentre especialmente reglado por la Constitución Nacional, mediante la determinación de la cámara de origen o por la exigencia de una mayoría calificada para su aprobación. En este tipo de consulta el voto de la ciudadanía no será obligatorio. 

Y como el artículo 30 de la propia Constitución exige para declarar la necesidad de la reforma, los dos tercios (se interpreta que del total de los miembros de cada Cámara), todo lo vinculado a la reforma constitucional, no puede ser objeto de consulta popular.

1 comentario:

Piotr Satanowsky dijo...

De cuerpo entero lo pinta a éste salame la nota de Pagina12 que le hizo W.Pertot, en la que se cuenta que la jueza, interrogándolo a proposito del 0800-botonazo, le pregunta repetidamente qué delito se denuncia en la linea gratuita y el balbuceante ministro no sabe que contestar, y no comprende o se hace el boludo, que de Montesquieu para acá, investigar la comision de delitos no es función del ejecutivo (sino de la justicia) y por lo tanto le es ajena a él
¿éstos tipos piensan gobernar el pais?