LA FRASE

"QUE DESDE LA VICEPRESIDENCIA SE SOSTENGA UNA AGENDA QUE NO SEA LA DEL GOBIERNO ES ALGO QUE NUNCA SE HA VISTO." (JULIO COBOS)

domingo, 20 de noviembre de 2016

BIEN DE FAMILIA, SE LLAMA


Lo incorporó el peronismo en la Constitución de 1949, en el artículo 37 Inciso II. Apartado 2.

Después lo reglamentó la Ley 14.395 de 1954, en sus artículos 34 a 50.

Caído el peronismo, la Convención Constituyente convocada por la Fusiladora lo incorporó en la reforma de 1957, en el texto del artículo 14 Bis.

La Constitución de la provincia de Santa Fe vigente (que data de 1962) lo contempla en su artículo 21 último párrafo.

Lo regula el nuevo Código Civil y Comercial (Ley 26.994), en sus artículos 244 a 256.

Y específicamente el artículo 253 dice que el trámite es gratis: “La autoridad administrativa debe prestar asesoramiento y colaboración gratuitos a los interesados a fin de concretar los trámites relacionados con la constitución, inscripción y cancelación de esta afectación.” .

Capaz que la semana que viene lanzan el programa “El agua moja”, o algo por el estilo.

1 comentario:

luciano busto dijo...

quiero saber cuando termino de pagar la tarjeta argenta soy jubilado