LA FRASE

"QUE DESDE LA VICEPRESIDENCIA SE SOSTENGA UNA AGENDA QUE NO SEA LA DEL GOBIERNO ES ALGO QUE NUNCA SE HA VISTO." (JULIO COBOS)

lunes, 23 de mayo de 2016

EDUCANDO A LA DIPUTADA CARRIÓ


Según publican los medios, la diputada Elisa Carrió elaboró  un proyecto de ley para forzar controles y sancionar a los "formadores de precios"
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Elisa Carrió pasó a la acción, en su rol de policía antiinflacionaria del Gobierno nacional. La diputada no sólo salió a señalar públicamente a las ...

El proyecto contiene  los siguientes aspectos:
"Se prohíben las "concentraciones económicas". Y como concentración económica se entienden fusiones de sociedades comerciales, transferencias de fondos de comercio, adquisiciones de la propiedad, cualquier transferencia a una empresa o grupo de activos de una empresa. En estos casos se deberá tener en cuenta si estas operaciones determinan que una compañía pase a tener el dominio de un mercado determinado y donde se puedan disponer precios finales sin competencia. En estos casos se deberá recurrir a la autorización previa del Tribunal de Defensa de la Competencia, que podrá autorizarla o rechazarla.
El aspecto que intenta regular la diputada, ya se encuentra normado por la Ley 25.156 (Defensa de la Competencia), ley que en referencia a las concentraciones económicas, dispone lo siguiente en su ARTICULO 7º — Se prohiben las concentraciones económicas cuyo objeto o efecto sea o pueda ser restringir o distorsionar la competencia, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general.
No importa, Sra. Diputada, cual sea la herramienta a la que recurran las empresas para producir situaciones de concentración económica, ni los porcentuales que ello represente sobre el mercado. Y sean los ejemplos que usted cita en el proyecto (fusiones de sociedades comerciales, transferencias de fondos de comercio, adquisiciones de la propiedad, cualquier transferencia a una empresa o grupo de activos de una empresa) o cualquier otra modalidad que tenga por resultado la concentración económica, son conductas que ya están sancionadas por la normativa vigente.
Por eso, lo que hay que hacer Sra. Diputada, en lugar de transferir enormes recursos a las empresas a través de la “liberación de las fuerzas del mercado” como hizo y hace el gobierno empresario del que usted forma parte, lo que hay que hacer es aplicar la ley vigente
No hace falta un proyecto diputada. Si se quiere sancionar a las grandes empresas formadoras de precios, las herramientas legales ya existen. Adelante.
También el proyecto contempla  que “Quedan prohibidos los acuerdos entre empresas que deriven en la limitación de la oferta de un producto o que afecten a otros competidores del mercado. También los que deriven en el dominio de la oferta de un bien en un territorio determinado, concertar posturas dominantes en licitaciones o concursos o impedir, dificultar u obstaculizar a terceras personas la entrada o permanencia en un mercado o excluirlas de éste. 
Ya está regulado Diputada. Lea la ley:
ARTICULO 1º — Están prohibidos y serán sancionados de conformidad con las normas de la presente ley, los actos o conductas, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general.
ARTICULO 2- Las siguientes conductas, entre otras, en la medida que configuren las hipótesis del artículo 1º, constituyen prácticas restrictivas de la competencia:
a) Fijar, concertar o manipular en forma directa o indirecta el precio de venta, o compra de bienes o servicios al que se ofrecen o demanden en el mercado, así como intercambiar información con el mismo objeto o efecto;
c) Repartir en forma horizontal zonas, mercados, clientes y fuentes de aprovisionamiento;
d) Concertar o coordinar posturas en las licitaciones o concursos;
f) Impedir, dificultar u obstaculizar a terceras personas la entrada o permanencia en un mercado o excluirlas de éste;
Ya están las herramientas legales Diputada, ya existen. Y si ante  la Ley 25.156  los empresarios amigos del gobierno encontraran algún artilugio para burlar esa normativa, el Estado también puede recurrir a la Ley 20.680 (Ley de Abastecimiento).
Esa ley,  respecto de la que usted se manifestó públicamente en contra cuando fue tratada su reforma en el año 2014, y que finalmente se sancionara por Ley 26.991, dice lo siguiente:
ARTICULO 1º — La presente ley regirá con respecto a la compraventa, permuta y locación de cosas muebles, obras y servicios —sus materias primas directas o indirectas y sus insumos— lo mismo que a las prestaciones —cualquiera fuere su naturaleza, contrato o relación jurídica que las hubiere originado, de carácter gratuito u oneroso, habitual u ocasional— que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, esparcimiento, así como cualquier otro bien mueble o servicio que satisfaga —directamente o indirectamente— necesidades básicas o esenciales orientadas al bienestar general de la población.

El ámbito de aplicación de esta ley comprende todos los procesos económicos relativos a dichos bienes, prestaciones y servicios y toda otra etapa de la actividad económica vinculada directamente o indirectamente a los mismos.
Así que no hay necesidad de ningún trámite legislativo. Puede empezar de inmediato diputada. Hable con los funcionarios de su gobierno, con el Presidente, y pueden comenzar con las cadenas de supermercados, que duplicaron o triplicaron el precio de los alimentos, y entre esas cadenas se encuentra “La Anónima”, de propiedad del Secretario de Comercio Interior del gobierno de Macri.
Y puede continuar con los medicamentos, incluyendo en el procedimiento a “Farmacity”, de propiedad de otro alto funcionario de su gobierno, y proseguir sancionando el aumento injustificado de los combustibles, incluyendo a la firma Shell, firma de la cual el Ministro de Energía es accionista.
Esperamos entonces su protagónica actuación junto a la de su gobierno, contra aquellos grupos económicos concentrados que han obtenido astronómicas utilidades durante el año 2016 en perjuicio de todos los consumidores argentinos. 

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Impecable!!! De lectura obligatoria . Para muestra del cinismo de este.gobierno es.demasiadoooo


Anónimo dijo...

Y...es rubia y lindísima, no pueden pretender que además piense.