Acaba de fallar a favor de la constitucionalidad de los artículos de la ley de medios cuestionados por Clarín, y en consecuencia se cae la cautelar prorrogada por la Cámara Civil y Comercial; dado que su fallo es la primera "sentencia definitiva" que hay en la causa, en los términos del artículo 163 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Obviamente que el fallo será recurrido por Clarín en los términos del artículo 242 del mismo Código, ante la Cámara, pero por más capcioso que sea el fallo de la Cámara en orden a introducir esas palabritas ("sentencia definitiva") para dejar dudas si se refieren a la que acaba de dictar Alfonso u otra (de la propia Cámara, eventualmente de la Corte) para que caiga la cautelar; lo cierto es que cualquier medida de esa naturaleza supone lo que se llama "humo de buen derecho".
Es decir que el derecho invocado por quien pide la cautelar (en éste caso Clarín) parezca verosímil, algo que ahora será más dudoso habiendo un fallo que analiza el fondo de la cuestión (aunque aun no se conozcan los fundamentos); y concluye en que la ley cuestionada es constitucional, y por ende el planteo del que invoca esos supuestos derechos para pedir una cautelar, no tiene sustento.
El fallo de hoy no significa el final de la historia ni mucho menos, pero es un punto importante, digamos que comenzamos a jugar el segundo tiempo de éste largo y difícil partido, metiendo un gol desde el vestuario.
Ojo; a la charla de esta noche hay que ir igual, ahora más que nunca, eh:
Actualización: acá está el fallo completo, léanlon, e informensén.
Ojo; a la charla de esta noche hay que ir igual, ahora más que nunca, eh:
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6 comentarios:
Un excelente noticia.
Sin embargo, dado este fallo, ¿el AFSCA aún no podría actuar de oficio respecto a las licencias que clarín tiene de más? ¿no es posible dar inicio al proceso de desinversión que corresponde? saludos.
Y, ése va a ser un tema, porque por regla general la apelación tiene efecto suspensivo del fallo (en éste caso el de Alfonso), aunque deberían pedir (Clarín) otra cautelar, que la analiza la famosa Cámara.
de acuerdo a Barcesat, en este caso la apelación no mantiene la vigencia de la cautelar, pero la interpretación de Cámara seguro que será que lo que ella denominó sentencia definitiva equivale a sentencia firme, y allí lo quiero ver al jefe de la corpo judicial el Don Lorenzetti.
En fin, mientras tanto disfrutemos de una para los buenos por un bueno.
Nunca menos y abrazos
Esa era justamente la trampita de la Cámara para prolongar la cosa, pero es muy forzada, tendrán que seguir mostrando mucho el traste
No van a querer aceptarlo. Ya publicaron que "el juez Alfonso" (y no LA JUSTICIA) se pronunció con respecto a la constitucionalidad de los artículos en litigio (exclusivamente por parte del grupo). Van a seguir chicaneando y jodiendo hasta que no quede más remedio que OBLIGARLOS A RESPETAR LA LEY.
Se siguen comportando como el guapo de la cuadra y les importan un carajo las leyes, la justicia ó lo que sea cuando no les convienen.
Son ELLOS lo que se han convertido en UN OBSTACULO para la democracia.
Saludos
Tilo, 71 años
Por las dudas, el Dr. De Las Carreras está preparando las valijas.
- Vieja, nos vamos de nuevo a Miami, se comenta que se escuchó decir por teléfono.
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