LA FRASE

"EN ÉSTE PAÍS NO SE PUEDE TENER MENTALIDAD EMPRENDEDORA Y ARRIESGARSE EN LA BÚSQUEDA DE NUEVAS OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS PORQUE ENSEGUIDA TE DESTRUYEN CON LA MÁQUINA DE IMPEDIR." (JOAQUÍN BENEGAS LYNCH)
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sábado, 7 de febrero de 2026

ACÁ NO HA PASADO NADA

 

Sobre la tarde/noche del jueves y mientras todavía resonaban los ecos de la salida de Lavagna y la intervención del INDEC, y la decisión de Milei de trasladar el sable de San Martín del Museo Histórico Nacional a Granaderos, se publicó en una separata del Boletín Oficial el Decreto 87 (completo acá), por el cual Milei deroga el Decreto 239/21 de Alberto, que encomendaba a la Procuración del Tesoro de la Nación constituirse como parte querellante en la causa en la que se investigaba el mega-préstamo del FMI contraído por Macri en 2018.

La medida fue aconsejada por el "Chino" Zanini cuando estaba a cargo de la Procuración, y al respecto decíamos en su momento en ésta entrada que "...se denuncia al gobierno anterior por las irregularidades en la concertación del préstamo, se tratará de que los que lo contrataron paguen de su bolsillo el perjuicio causado al Estado argentino (en ambos casos, con resultado vidrioso, atento el estado actual de la justicia), pero se pagará la deuda, en condiciones aun no definidas.". 

La decisión fue una mínima concesión de Alberto y Guzmán al kirchnerismo, del cual muchos sectores cuestionaban que el préstamo se haya pagado a libro cerrado sin cuestionar su origen, y convirtiendo la renegociación con el Fondo en asunto de primera prioridad de la política económica: recordemos que por entonces el presidente y su ministro de Economía nos querían convencer que el FMI se había vuelto bueno, y que Kristalina Georgieva comprendía el problema de la pobreza porque lo había padecido de chica.

En posteo se detallaban todas las irregularidades cometidas por el gobierno de Macri para gestionar el préstamo, violando expresas y precisas disposiciones de la Ley 24156 de Administración Financiera, y de la Constitución Nacional; como asimismo por el propio staff del FMI, violando su propia Carta Orgánica al permitir -por ejemplo- que una ayuda financiera del organismo se destinara a financiar la fuga de capitales. 

Con el tiempo lo mismo dijeron los propios estamentos técnicos internos del Fondo (corridos de opinar algunos de ellos por la presión política del gobierno de Trump para otorgar el préstamo a un aliado regional clave, según confesó después Claver Carone), y en idéntico sentido opinaron la SIGEN, la Auditoría General de la Nación y el Banco Central: un auténtico bochorno que le costó al país 45.000 millones de dólares de deuda (originariamente era por 57.000 pero Alberto desistió de utilizar el último tramo), que aun hoy está pagando.

En la causa judicial quedaron imputados Macri, Caputo, Dujovne, Sturzenegger y Sandleris; y después de casi cinco años de no investigar nada, la jueza Capuchetti (la misma que no quiso llegar nunca a fondo en la investigación del intento de asesinato contra Cristina, en busca de sus autores originales), archivó esta semana la causa, por inexistencia de delito y sosteniendo que eran cuestiones de política económica, no enjuiciables en sede penal.

Lo cual es claramente falso porque lo que postulaba el fiscal Piccardi (que apeló el archivo de la causa) eran las irregularidades y vulneraciones de normas legales de expresa aplicación al caso para contraer el préstamo, y allí existieron claramente delitos, además de que el acuerdo fue un desastre en términos económicos, reconocido esto mismo con posterioridad por el propio FMI. Lo que buscaba la querella de la Procuración era que, si mediaba condena penal que encuentre culpables, estos tuvieran que responder civilmente por los daños causados al país por haberlo endeudado en condiciones ilegales.

Esta semana y sin esperar que el fallo de Capuchetti dictado a la medida de Macri y sus secuaces de entonces -que en buena medida son los mismos que de Milei hoy, como Caputo y Sturzenegger- estuviera firme (de hecho no lo está porque el fiscal lo apeló), Milei dispuso retirar a la Procuración de la querella para proteger a miembros de su gabinete de rendir cuentas en la justicia, y renovar la alianza con el PRO en vísperas de votaciones clave en el Congreso.

Y de paso, ambos movimientos (el fallo de la jueza y el decreto presidencial) estuvieron sincronizados al milímetro con la visita al país de los representantes del FMI, que llegaron para supervisar la marcha del nuevo acuerdo firmado por el gobierno de Milei con el organismo, justo en medio de la virtual intervención que decidieron Caputo y Milei en el INDEC, postergando indefinidamente la puesta en marcha del nuevo IPC. 

Es imposible no relacionar ambos conceptos, porque el Fondo debería "perdonarle" al gobierno el moco que se acaba de mandar con el IPC (cuando se había comprometido a poner en marcha el nuevo índice) para garantizarle otro desembolso (porque como en 2018 mandan las exigencias políticas del gobierno de EEUU sobre los acuerdos firmados y su cumplimiento); y si bien la justicia argentina no puede juzgar a sus funcionarios, no se vería bien para ellos que dictamine que en un punto fueron cómplices de un delito. 

El acuerdo de 2018 era tan obviamente ilegal que cuando el propio Milei y Caputo fueron a negociar otro con el FMI, se cuidaron de no repetir el procedimiento de Macri y por lo menos dictaron un DNU a medida, que luego fue ratificado en el Congreso por las exigencias de la ley Guzmán (de "sostenibilidad de la deuda pública"), con la colaboración de la oposición pseudo oficialista. Y eso no va a cambiar por lo que diga Capuchetti, o el destino final de la apelación del fiscal Piccardi, pero si es un antecedente a tener en cuenta en el futuro, cuando nos vuelvan a decir que si el país le debe al FMI, no puede defoltear la deuda y tiene que pagarla religiosamente porque así lo mandan los mismos estatutos que ellos violaron cada vez que quisieron, o lo consideraron necesario.

No hay que dejarlos que se escapen y salgan indemnes como siempre (que es lo que ha venido pasando hasta ahora), porque esa es precisamente la razón por la cual lo vuelven a hacer, una y otra vez. Tuits relacionados:

sábado, 19 de julio de 2025

RECURSOS PÚBLICOS, NEGOCIOS PRIVADOS

 


El jueves pasado se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 475 (completo acá), por el cual Milei aprueba la nueva estructura organizativa de la Procuración del Tesoro de la Nación (el organismo encargado de la defensa del Estado en juicio, creado por Perón en 1947 por la Ley 12954); y en ese marco disolvió la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado que funcionaba desde 1994, y despidió a 60 profesionales del Cuerpo.

Hasta aquí sería otro episodio más del plan de la motosierra, si no fuera porque la prensa del régimen dejó trascender que los despidos fueron porque los despedidos habían filtrado información sensible sobre la causa por la expropiación de YPF que tramita en la justicia norteamericana al fondo Burford Capital , que es el que litiga allí contra la Argentina para quedarse con la petrolera estatal.

La versión fue desmentida rápidamente por el mismísimo Jefe de Gabinete Francos desvinculando una cosa (la reestructuración del organismo y los despidos) de la otra (la filtración de información), por una razón muy sencilla: no hay que mentar la soga en la casa del ahorcado, menos cuando el mismísimo Procurador del Tesoro designado por Milei en reemplazo de Barra (Santiago Castro Videla, el nieto del dictador genocida) trabajó y estuvo asociado hasta asumir el cargo en el estudio jurídico Bianchi, que asesora al fondo Budford en el litigio, y que atestiguó a su favor en el juicio.

El fenómeno de la obvia colisión o conflicto de intereses entre un funcionario público, los intereses públicos puestos a su cuidado y los intereses privados a los que sirve -y volverá a servir cuando deje la función, e incluso durante ella- no es novedoso, mucho menos en los gobiernos de derecha: hace una década atrás, cuando se anunciaba el gabinete de Macri, decíamos nosotros en ésta entrada: "Y esos CEOS devenidos funcionarios expresan además en el seno del Estado la defensa de los intereses de sus respectivas empresas, grupos económicos o sectores concretos, como el agropecuario o el financiero. Es allí donde la idea del "país visto como una empresa" empieza a hacer agua porque no necesariamente sus intereses (los de las corporaciones del poder económico) son los del conjunto, o al menos los de las grandes mayorías nacionales (la experiencia histórica indica mas bien lo contrario); aunque el pensamiento neoliberal tiende a naturalizar la idea inversa: los intereses de las grandes corporaciones y grupos económicos son los de todos, como cuando nos vendían que "el campo es el país".".

"El cuento no es nuevo, y solo cambian los protagonistas: en la "década infame" el abuelo de Federico Pinedo se jactaba de representar los intereses de las grandes compañías extranjeras (primero inglesas, luego yanquis) con importantes inversiones en el país, y gestionarlos desde la función pública cuando le tocó ocuparla, porque no advertía ninguna contradicción entre esos intereses, y los del país.".

"En los años 90' la ola privatizadora neoliberal en el país y en América Latina incluyó el desguace del Estado en beneficio de los grandes grupos económicos, con el argumento de "terminar con la corrupción estructural" del "capitalismo de amigos", que supuestamente -o no- favorecía a grupos empresarios nacidos, criados y prosperados al amparo de sus vínculos de negocios con el poder político; más allá de los gobiernos circunstanciales. Que fue justamente lo que ocurrió por entonces hasta el escándalo, como pasó por ejemplo con el estudio Cassagne; hoy dispensador de cautelares a la carta y entonces redactor de los pliego de las privatizaciones primero, para asesorar a las empresas que se quedaban con los bienes del Estado después, sin solución de continuidad.". 

Saquen privatizaciones (o déjenlas, si les place), pongan "desregulaciones" instrumentadas por Sturzenegger para "desburocratizar" y casas más, casas menos, igualito a mi Santiago. Cuando el gobierno de Macri concluía y había fracasado su intento de reelección, dijimos en ésta otra entrada: "Si por algo será recordado el gobierno de Macri, además de por el inmenso daño social y económico que le hicieron al país sus políticos, es por la proliferación de los "conflictos de intereses"; ese eufemismo oenegista acuñado para disimular la profundas corrupción que subyace en el hecho de que, encancados en un triunfo electoral, miles de empresarios (empezando por el propio presidente) accedieron a puestos claves en la estructura del Estado, y no precisamente para velar por los intereses públicos.".

"De allí entonces que estos muchachos hayan desembarcado en el Estado con ideas fijas y bien concretas: colonizarlo sistemáticamente en beneficio de sus propios intereses; para lo cual se avocaron de inmediato y con precisión quirúrgica no a desregular, sino a establecer regulaciones, en su propio beneficio: peajes, aerolíneas "low cost", bancos, energía no convencionales, permisionarias de servicios privatizados, sobreabundan los ejemplos de lo que estamos graficando.".

Lo extraño entonces no es que el Procurador del Tesoro (el jefe de los abogados del Estado) defienda intereses contrarios a los del país -menos cuando el propio presidente lo hace, y públicamente-, sino que se lo haya designado, en teoría, para que los defienda, y luego hacerse los sorprendidos porque "se filtra información". Eso sí: nunca estos enjuagues que perpetran les impiden mirar la presunta corrupción de los otros, y descubrir "curros" en cuanta política pública reparadora de injusticia destruyen a su paso. 

Tuits relacionados:

viernes, 1 de junio de 2018

LA DINÁMICA DE LO IMPENSADO


¿Lo tienen a "Pancho" Cabrera, el play boy ministro de la Producción? No es muy conocido porque no se ha caracterizado hasta acá por un gran despliegue de actividad en sus funciones, salvo alguna que otra  declaración brillante, como cuando hace poco dijo que no conocía casos de Pymes que hubieran tenido que bajar las persianas por los tarifazos.

Era el que estaba con Macri en el video en el que nos aconsejaba comprar lámparas LED para ahorrar luz, y les pedía a los senadores del PJ que no se plegaran a las locuras de Cristina.

Bueno, parece que él no le hizo caso al presidente porque como muestra la imagen de apertura, no solo decidió continuar con una locura de Cristina como "Precios Cuidados", sino ampliarla.


Jodéme que los radicales hicieron un seminario para analizar la situación económica del país, en el que convocador a José Luis Machinea (exitosísimo funcionario con Alfonsín y De La Rúa), Lucas Llach (el vicepresidente de la fantástica conducción actual del Banco Central) y  Martín Tetaz, el columnista de Lanata que se convirtió en el abanderado de esa gran genialidad que son los préstamos UVA.

Y en ese seminario llegaron a la misma conclusión que el gobierno: que la única solución a la crisis económica es hacer un gran ajuste. Que es justamente lo mismo que piden el FMI y "los mercados".

Y eso que la UCR era la garantía para evitar que el gobierno de "Cambiemos" girara a la derecha, como nos decía Ricardito Alfonsín. Cuando se entere de esto se cae de culo, pobre.


Que alivio, muchachos: por un momento pensamos que habían cedido a su natural impulso de dar la pelea, y acaso tomaran una decisión apresurada o precipitada.

Está bien, es mejor parar un poco la pelota, analizar más fríamente el panorama y ver bien que hacer, no sea cosa que la pifien porque la situación mejore, y la protesta luzca injustificada.

Tómense todo el tiempo que crean necesario, pero con calma, no sea cosa que les suba la presión o algo por el estilo.


Nada más que para estar seguros de que entendimos bien: el ex abogado de SOCMA (el grupo Macri), designado como Procurador del Tesoro (es decir, abogado del Estado) por el ex presidente del grupo SOCMA y actual encargado del Poder Ejecutivo nacional, analizó si correspondía hacer sumarios administrativos para determinar si hubo irregularidades en la tramitación de la causa por la deuda que tiene el grupo SOCMA con el Estado, por la fallida privatización del Correo.

Y llegó a la conclusión de que no hubo irregularidad alguna, ni perjuicio para el Estado en haber aceptado una quita del 99 % en una deuda de 70.000 millones de pesos, y haberle dado una parva de años para pagarla, en comodísimas cuotas. ¿Es así?

Imposible de imaginarlo.


¿O sea que el empresario exitosísimo elegido como modelo a seguir por nuestro presidente ojitos de cielo está pensando en lanzar un esquema Ponzi para captar inversores sin poner la de él, sin las regulaciones de los bancos y con la promesa de obtener mayores beneficios que especulando con las LEBAC's?  

¿No hay agregado de valor, no hay tecnología, apuesta a la producción y a la generación de empleo?

Faltaría que nos digan que esto es posible porque el gobierno mira para otro lado, y lo deja funcionar como un fondo de inversión o un banco, sin ser ni una ni otra cosa.

miércoles, 26 de abril de 2017

PROCURADORES


El Colegio de Abogados porteño (el de la calle Montevideo, el propulsor de todos los golpes de Estado producidos en el país) pide que se declare inconstitucional la Ley 24.946 (1998) del Ministerio Público, en cuanto exige que para destituir al Procurador General de la Nación se sustancie un juicio político, con mayoría agravada de dos tercios de los presentes de cada Cámara para habilitar el proceso, y la destitución.

El Colegio es manejado por una lista armada en conjunto entre la UCR y el PRO, su verdadero factótum es Daniel Angelicci, el presidente de Boca y operador judicial del macrismo. El pedido para declarar inconstitucional la ley lo firma -entre otros- Ezequiel Cassagne, del estudio que defendió los intereses de Clarín, La Nación y la Sociedad Rural en sus litigios contra el Estado por la ley de medios, el no pago de impuestos y la devolución del predio de Palermo; respectivamente.

La figura del Ministerio Público Fiscal como órgano extra poder y autónomo dotado de autonomía funcional e inmunidades (artículo 120 de la Constitución) fue introducida en el Pacto de Olivos y el “núcleo de coincidencias básicas” para la reforma de 1994 a pedido de Raúl Alfonsín y el radicalismo. A 23 años de la reforma os legisladores de la UCR (sin dejar de reivindicar al primer presidente de la transición democrática) estaban dispuestos a levantar sus manos en el Congreso, sea modificando la ley para tumbar a Gils Carbó, sea para destituirla por juicio político. Todo sea por preservar a “Cambiemos”.

En casi 20 años de vigencia de la ley, nunca se supo que al Colegio de Abogados porteño le molestara, o le pareciera inconstitucional. Hasta ahora, en que se presta a ser el “Plan B” del gobierno de Macri para echar de su cargo a Alejandra Gils Carbó; porque no le dan los números en el Congreso para el juicio político, y ya fracasó un intento de modificar la ley para limitar temporalmente su mandato, con carácter retroactivo a su designación. Jueces del palo que se presten a declarar inconstitucional la ley (pasando por encima de la propia Constitución y de la discusión legislativa en el Congreso), seguramente no les van a faltar.

Cristina (que sería la encarnación misma del populismo destrozador de instituciones) le propuso a Gils Carbó ser Procuradora General tras el fracaso del pliego de Reposo, y luego de que ella dictaminara (siendo fiscal de cámara) en contra del acuerdo preventivo extrajudicial de Multicanal que allanaba la fusión con Cablevisión (luego aprobada por el gobierno de Néstor, cuando el kirchnerismo estaba en buenas migas con el Grupo Clarín).

Macri, en cambio (que es la representación viviente de la virtud y los valores republicanos) quiere echarla porque cumple su rol: investigar posibles delitos, cometidos por él, sus funcionarios y familiares. Y dictaminar en casos espinosos para el gobierno (como los tarifazos, o la detención ilegal de Milagro Sala), en contra de los deseos del gobierno, y exigiendo que se respeten las leyes y la Constitución.

De esta nueva fase de la ofensiva contra la Procuradora de Macri protagonizada por Angelicci no se han conocido expresiones públicas en contrario de la locuaz Carrió (a la sazón, constituyente en el 94’). Tampoco sabemos si ha tratado el tema en sus habituales reuniones con el presidente.

Por el contrario el ahora ex Procurador del Tesoro, Carlos Balbín, fue elogiado ampliamente por Carrió pese a su estruendoso silencio durante la discusión por el arreglo conlos fondos buitres, y su rol como mínimo secundario en el escándalo del Correo.

Pese al apoyo de la pitonisa, Macri decidió rajarlo, para reemplazarlo por un tipo propuesto por Ernesto Sanz (el descubridor de talentos como Dujovne); porque el tipo le había armado “la ingeniería financiera de campaña”: léase le recolectó guita entre los numerosos y adinerados clientes de su estudio, sobre lo que volveremos más adelante.

Balbín rechazó el ofrecimiento para reemplazar a Leandro Despouy (el ex titular de la AGN) como representante del gobierno ante los organismos internacionales de derechos humanos: acaso no deseaba repetir los papelones de tener que explicar algunas cosas inexplicables que están pasando en la Argentina con los derechos humanos.

Vuele a su cargo de juez en lo contencioso administrativo y tributario de la CABA, de donde venía y en el que tenía licencia; un fuero trabajosamente armado por Angelicci (que lo recomendó para la Procuración), y ampliamente dominado por el PRO desde que gobierna la ciudad: toda una garantía de independencia en el regreso al ejercicio de funciones judiciales, Rodríguez Larreta debe estar temblando. Al parecer, estos detalles se le escaparon a Elisa Carrió cuando decidió defenderlo tan abiertamente.

De acuerdo con el Decreto 201 de Macri (analizado acá), la Procuración General del Tesoro debía intervenir obligatoriamente en los juicios contra el Estado (algo que está obligado a hacer por ley, desde 1947), en aquellos casos en los que pudieran producirse situaciones de conflictos de intereses. El decreto -recordamos- surgió a partir del escándalo del Correo Argentino, que saplicó al presidente y su familia.

Saravia Frías, el reemplazante de Balbín, es un recomendado de Sanz y Dujovne (de quien era funcionario), que cuando le queda tiempo libre entre videos, reuniones en el exterior y tráfico de influencias, quizás haga algo inherente a las funciones del cargo para el cual fue designado. O mejor no, no sea cosa que todo empeore aun más.

Como se ve en la imagen de abajo (sacado de la página web de su estudio) el hombre tiene una gran cartera de clientes, que incluye a casi todas las multinacionales mineras que opera en el país, los principales bancos, empresas agropecuarias y fondos comunes de inversión. Es decir los principales beneficiarios de las medidas económicas tomadas por el gobierno de Macri, incluyendo el blanqueo.

Y también (ver recuadro) al Grupo Macri, lo que lo convierte para el presidente en el hombre ideal para asesorar al Estado en los conflictos de intereses con las empresas de los Macri: se asegura así que no haya conflictos entre los intereses en juego, garantizando los que verdaderamente le importan: los de los negocios propios y de su familia.

Al cierre de ésta edición no se conocen declaraciones de Carrió sobre la salida de Balbín y su reemplazo en la Procuración del Tesoro por uno de los abogados de los Macri. Quizás trate el tema en alguna futura reunión con el presidente. 


miércoles, 22 de marzo de 2017

TARDE, POCO Y MAL


Tal como se venía anunciando, Macri firmó los decretos para regular las situaciones de "conflicto de intereses", que fueron publicados hoy en el Boletín Oficial con los números 201 (completo acá) y 202 (completo acá). El primero refiere a los juicios en los que el Estado es parte, y en los que el presidente, el vice, el jefe de gabinete, los ministros o funcionarios de rango similar se encuentren en una situación de conflicto de intereses por tener vínculos con la contraparte. El segundo es para los casos en que esa situación se verifica en las licitaciones o contratos del Estado, y en los procedimientos para otorgar permisos, licencias o concesiones, o para la venta de bienes estatales.

El Decreto 201 reduce toda la salvaguarda de los conflictos de intereses en los juicios en los que el Estado es parte (como ocurrió en el concurso preventivo de Correo Argentino S. A.) a la intervención del Procurador del Tesoro; que como el propio decreto se ocupa de recordar, depende directamente del presidente (de acuerdo a la Ley 24.667), que lo nombra y lo remueve cuando quiere: ¿como confiar en su "independencia de criterio" y "libertad de acción" cuando estamos ante un un presidente que le pide públicamente la renuncia a la Procuradora General Gils Carbó, que encabeza un órgano creado por la Constitución, tiene acuerdo legislativo y estabilidad en el cargo?

Lo curioso es que de acuerdo al decreto, en el caso de los juicios el único medio que el Estado tiene de enterarse si sus funcionarios están en una situación de conflicto de intereses es que lo declare el actor, ¿y si el actor (es decir el que demanda) es el Estado el demandado particular no tiene la obligación de hacer la declaración jurada? Si bien un concurso de acreedores (como el del Correo, por ejemplo) es un proceso universal, justamente ésa es la situación: el Estado demanda cobrarle a alguien una deuda.

Algo parecido ocurre con el Decreto 202 aplicable a los contratos, licitaciones, permisos y concesiones: la autoridad de aplicación es la Oficina Anticorrupción (cuya reglamentación fue modificada a medida de Laura Alonso, con los resultados conocidos); y la situación de conflicto de intereses solo puede ser conocida por la declaración jurada de los terceros, no de los funcionarios: si el tercero  no lo declara no hay modo de saberlo para aplicar las "sanciones"; que por cierto son muy laxas: La omisión de presentar oportunamente la “Declaración Jurada de Intereses” podrá ser considerada causal suficiente de exclusión del procedimiento correspondiente, y la falsedad en la información consignada será considerada una falta de máxima gravedad, a los efectos que correspondan en los regímenes sancionatorios aplicables.” dice el decreto (las negritas son nuestras)

Y aun en esos casos en que la oferta puede ser declarada inadmisible, hay excepciones en los que igual puede ser aceptada: cuando la empresa u oferente acrediten "capacidad técnica relevante", "exclusividad" o "cuando el Poder Ejecutivo haya declarado secreta la operación por razones de defensa nacional o seguridad", como por ejemplo sucede con las contrataciones derivadas de la "emergencia en seguridad" que Macri declaró por decreto al inicio de su gobierno.

La declaración jurada sobre conflicto de intereses en el caso de los contratos con el Estado se limita al año de antelación al decreto, mientras se conocen casos de ventas "sospechosas" de empresas, como las de Mac Air Jet a Avianca, o las del primo presidencial Calcaterra a Marcelo Mindlin; por no mencionar los casos de las ventas de empresas de los Macri a su familia con acciones caucionadas o prendadas. 

Para que se entienda que estos decretos no solucionan nada (y no buscan hacerlo) tengamos en cuenta que dispone que la Oficina Anticorrupción (que hasta acá vino funcionando como tapadera y justificadora serial de los negocios de los funcionarios y el presidente) puede adoptar mecanismos "de control social" alternativos y no obligatorios: "celebración de pactos de integridad" (algo así como "me comprometo a portarme bien"), "participación de testigos sociales" (¿Margarita Barrientos, Toty Flores?), "veeduría especial de organismos de control" y "audiencias públicas” (¿como las del gas y la luz, o mas inútiles?

En una entrada que tiene valor porque fue escrita antes de que Macri asumiera, pero cuando ya se conocía que si gabinete estaría plagado de CEO´s, decíamos nosotros: "Y esos CEOS devenidos funcionarios expresan además en el seno del Estado la defensa de los intereses de sus respectivas empresas, grupos económicos o sectores concretos, como el agropecuario o el financiero. Es allí donde la idea del "país visto como una empresa" empieza a hacer agua porque no necesariamente sus intereses (los de las corporaciones del poder económico) son los del conjunto, o al menos los de las grandes mayorías nacionales (la experiencia histórica indica mas bien lo contrario); aunque el pensamiento neoliberal tiende a naturalizar la idea inversa: los intereses de las grandes corporaciones y grupos económicos son los de todos, como cuando nos vendían que "el campo es el país".

En los años 90' la ola privatizadora neoliberal en el país y en América Latina incluyó el desguace del Estado en beneficio de los grandes grupos económicos, con el argumento de "terminar con la corrupción estructural" del "capitalismo de amigos", que supuestamente -o no- favorecía a grupos empresarios nacidos, criados y prosperados al amparo de sus vínculos de negocios con el poder político; más allá de los gobiernos circunstanciales.

Por entonces apareció en todo su esplendor el "oenegeísmo" como subproducto de las nuevas formas de politización (o despolitización, según se mire) que se autoatribuyó el rol de representar a la sociedad civil en el control del poder público (no del poder económico, desde ya), evitando los "conflictos de intereses" y las "puertas giratorias": ese fenómeno por el cual alguien podía alternarse de lo dos lados del mostrador entre el Estado y las empresas del sector privado, en total concupiscencia de intereses. 

De ese sector de "ONGS" custodias de la transparencia y la moral pública provienen no pocos de los cuadros del PRO, y son la usina de ideas que generan placebos para calmar ciertos escrúpulos morales de sus votantes promedio. En ese marco de las ideas del Consenso de Washington (que hasta llegó a alentar la "Convención Interamericana contra la corrupción") surgió en la transición entre Menem y De La Rúa la  Ley 25.188 de Etica Pública, prevista ya en la reforma constitucional del 94'."

Pero lo más relevante a tener en cuenta en este caso es el contexto político en el que los decretos se gestaron: no al inicio del gobierno de los CEO's, no a través de las declaraciones juradas de los funcionarios (que se revelaron dibujadas, empezando por la del propio Macri), sino después que los escándalos de corrupción como los del Correo o las "low cost" le estallaron en las manos al gobierno.

Y la salida es soslayar el debate en el Congreso con el argumento de que los decretos "complementan" la ley de ética pública y otras normas que se citan (en cuyo caso cabe preguntarse por qué no se respetaron esas normas antes), refugiándose en una seudo discusión con las ONG "amigas" (como Poder Ciudadano) para armar los decretos: al igual que con la "nueva" ley de medios, un debate social controlado, para no correr riesgos.

Un debate precedido además por la reticencia a transparentar del que se refugia en la impersonalidad de las sociedades anónimas (tan impersonales que no las declara, o que dice no saber que formaba parte de ellas), o se enoja (como se enojó Macri) porque le parece injusto que sus parientes o amigos (como Caputo y Calcaterra) se vean perjudicados por no poder hacer contratos por el Estado; enojo lógico en quien ha construido un imperio sobre esa base.

El debate político acá es hasta que punto es admisible que por los agujeros que deja la política y la crisis de representatividad de la dirigencia y los partidos tradicionales, termine accediendo a la presidencia un connotado representante de la patria contratista y del poder económico, y que buena parte de la ciudadanía haya aceptado como razonable (al punto de votarla) la idea de un país "atendido por sus propios dueños". Ese es el verdadero conflicto de intereses, y por su volumen no se resuelve con un par de decretos.  

miércoles, 30 de marzo de 2016

¿PARA QUÉ Y POR CUÁNTO?


En el Boletín Oficial del lunes (verla completa acá) se publicó la Decisión Administrativa 231 del 23 de marzo del Jefe de Gabinete Marcos Peña; por la cual se autorizó "...la Contratación Directa del estudio jurídico CRAVATH, SWAINE & MOORE LLP, situado en la Ciudad de Nueva York, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, con el objeto de desarrollar tareas de asesoramiento jurídico en las negociaciones con los acreedores externos que lleve adelante el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, y en las eventuales operaciones de financiamiento que realice la REPÚBLICA ARGENTINA en los mercados de capitales internacionales, facultándolo, asimismo, para eventualmente patrocinar a la REPÚBLICA ARGENTINA en los procesos judiciales relacionados con sus funciones." (las negritas son nuestras)

En el mismo acto administrativo se hace mención a que los términos y condiciones del contrarto (incluyendo por supuesto los honorarios a pagar) se detallan en el Anexo I, mientras que en el Anexo II se describirían "Las tareas a desarrollar por los estudios CLEARY, GOTTLIEB, STEEN & HAMILTON LLP y CRAVATH, SWAINE & MOORE LLP, así como las funciones que cumplirán el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS y la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN,...".

Usamos el potencial porque -como pueden ver en la edición del Boletín- los anexos no fueron publicados, y el que los quiera ver debe pedirlos en la Jefatura de Gabinete. ¿Y la transparencia, y el "gobierno abierto", y Candela?

Aun cuando la "autorización de Peña es del pasado 23 de éste mes, yendo a la propia página del estudio nos encontramos con esto: "El 9 de febrero de 2016, la República de Argentina anunció que Cravath estará representando al país en el marco de litigios en curso relativas a las emisiones de deuda soberana de la República y los problemas de reestructuración de la deuda y los mercados de capitales relacionados.

Argentina dejó de pagar aproximadamente $ 80 mil millones en la deuda soberana en 2001 y desde entonces ha estado trabajando para reestructurar su deuda, llegar a acuerdos con sus diversos tenedores de bonos y establecer su presencia en los mercados internacionales de capital. Cravath estará representando a la República en relación con esos temas, incluyendo los procedimientos restantes en litigios de larga data entre la Argentina y los tenedores de bonos en default sus pendientes en el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York." (otra vez las negritas son nuestras)

De lo expuesto hasta acá tenemos que pese a que parece indispensable contratar estudios jurídicos de allá aun para que asesoren en la colocación de nueva deuda (y si no que le pregunten al socialismo), no sabemos a ciencia cierta ni desde cuando están trabajando estos muchachos (¿desde el 9 de febrero como dicen ellos, desde cuando se firme el contrato que Peña autorizó el 23 de marzo?), que hacen, hicieron y harán, y cuanto van a cobrar.

Tampoco podremos saber que hará en concreto en éste caso la Procuración del Tesoro, a menos que opte por lavarse las manos como hizo hasta acá en todo este asunto de los buitres.

Porque desde el 9 de febrero para acá se fueron sumando fondos buitres (perdón: hold outs) al arreglo con el gobierno argentino, salió el fallo de Griesa levantando las cautelares (sin que conste que ellos hayan hecho algo al respecto) que fue apelado, y así llegamos a la Corte de Apelaciones de Distrito, que fijó audiencia para el 13 de abril.

¿Nos patrocinarán en esa audiencia, se seguirán rascando los huevos, los fueron a buscar porque el otro estudio no los conformaba -como deslizó Prat Gay- o porque se les quemó el rancho porque Paul Singer y los buitres más recalcitrantes no quieren levantar el embargo de los pagos de deuda retenidos a los bonistas de los canjes, si primero no cobran

¿Sabrán que la Corte de Apelaciones les da por el mate manteniendo las cautelares (pese al "amicus curiae" de Obama) y la tendrán que seguir en los tribunales yanquis, eventualmente hasta la mismísima Corte Suprema USA?

¿O accederá al pedido de NML (Paul Singer) de condicionar el levantamiento de las cautelares a la efectiva acreditación de los pagos, con un nuevo fallo de Griesa que así lo declare? 

A propósito: que mal los hace quedar ese muchacho a los opositores "responsables" que aprobaron el acuerdo con la condición que sea al revés, primero levantar las cautelares, luego pagarle a los buitres.

martes, 15 de marzo de 2016

EL PROCURADOR PONCIO PILATOS


Sobre el acuerdo con los fondos buitres que se apresta a discutir la Cámara de Diputados, leemos en LaNación: “El Procurador del Tesoro, Carlos Balbín, dictaminó que la opinión del estudio Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton, en el sentido de que los bonistas que entraron al canje tiene pocas chaces de éxito si demandan a la Argentina, corre por cuenta de ese bufete, que es el que tiene la representación exterior ante los tribunales norteamericanos.
En un escrito de cuatro páginas que le entregó a Prat-Gay el viernes, Balbín, uno de los juristas más reconocidos en derecho administrativo, no respalda los argumentos de aquel estudio jurídico, aunque tampoco los rechaza. Dice Balbín que él, como jefe de los abogados del Estado, no tiene competencia para pronunciarse sobre los argumentos de aquel estudio jurídico, porque el decreto 749/2002 que firmó Duhalde le otorgó a esa firma la representación de la Argentina ante los tribunales extranjeros y que aquellos letrados no forman parte de los abogados del Estado que él dirige ni responden a su mandato. Ningún abogado, ni siquiera los de la Procuración del Tesoro, se animan a afirma que los bonistas del canje no vayan a iniciar nuevos juicios. La posibilidad está latente.” (las negritas son nuestras)

Según el artículo de la Ley 12.954 la Procuración del Tesoro de la Nación asume “la defensa ante los tribunales, del Poder Ejecutivo y de todos los organismos que integran la administración.”, y lo ratifica el artículo 5º inciso a) cuando dice que le corresponde al Cuerpo de Abogados del Estado (que preside el Procurador) “Representar al Estado y a sus reparticiones ante las autoridades judiciales, tanto si aquél litiga como actor o si lo hace como demandado...”.

Por esa razón el Decreto 749/02 (que menciona Balbín en su nota a Prat Gay) dictado por Duhalde a propósito del litigio que el país enfrentaba en los EEUU por las demandas de los fondos buitres dice en su artículo 1º “Autorízase al PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION a asumir la representación y defensa de los intereses del ESTADO NACIONAL en el caso "Allan Applestein TTEE FBO D.C.A. Grantor Trust v. The Republic of Argentina and The Province of Buenos Aires" en trámite ante el Tribunal de distrito sur de NUEVA YORK de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.”; y para que no quedaran dudas, su artículo 2º dispuso que “Autorízase al PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION para que la representación y defensa aludidas en el artículo 1° del presente Decreto, se hagan extensivas a cualquier cuestión incidental o causas judiciales conexas, directa o indirectamente relacionadas con los autos precitados y con aquellas causas similares que se inicien contra el ESTADO NACIONAL.”. (Las negritas son siempre nuestras)

El artículo 3º del mismo decreto autorizó la contratación del estudio Cleary, Gottlieb, Street & Hamilton para ejercer el patrocinio; pero queda claro que conforme al mismo decreto invocado por el Procurador Balbín y la ley del Cuerpo de Abogados, la responsabilidad primaria es suya.

Ahora el gobierno de Macri agregó al patrocinio al estudio Crawat, Swaine & Moore, los otros abogados yanquis que representan al país en los EEUU, y de los que leemos en La Nación:“Los nuevos abogados del Gobierno afirmaron que legalmente es posible realizar diferentes ofertas de pago a los acreedores en default. En un memo, los integrantes del estudio Cravath, Swaine & Moore indicaron que "la República tiene permitido celebrar diferentes acuerdos con diferentes bonistas", sin violar las leyes de los EE.UU., por las que se rigen los contratos de los bonos emitidos por la Argentina.

"En virtud de la ley de Estados Unidos, las partes de una demanda son libres de encontrar una solución sobre términos negociados", expresaron por escrito los abogados Daniel Slifkin, Michael Paskin y Damaris Hernández. "No existen restricciones que limiten la capacidad de una parte de negociar con uno o más adversarios, de realizar diferentes ofertas a partes diferentes o a retirar ofertas no aceptadas", indicaron. En particular, los abogados afirmaron que la cláusula pari passu "no le prohíbe a la República celebrar acuerdos con partes diferentes sobre términos diferentes", ya que "aborda el tema de la posición y el pago de los bonos, no la resolución de demandas litigadas y sentencias".
"Los acuerdos alcanzados con las partes demandantes de estos casos no contemplan que la República realice pagos sobre sus bonos; más bien, contemplan que la República realizará un pago de resolución a cambio de que las partes demandantes renuncien a todas las demandas que puedan tener en virtud de sus bonos", detallaron.
"Las medidas cautelares no se aplican a los pagos de la resolución... Los pagos contemplados por la propuesta pública y por los acuerdos preliminares alcanzados hasta el momento no son pagos de los montos adeudados en virtud de los términos de los bonos del canje", sino compromisos asumidos "para resolver las demandas o para comprometer las sentencias que mantienen las partes demandantes". Además, "las medidas cautelares sólo se aplican a pagos a los tenedores de bonos del canje" y los acuerdos con los demandantes "no se ven afectados" por estas restricciones legales, concluyeron. ” (otra vez las negritas son nuestras)

Los términos de la respuesta -a la que el Procurador simplemente se remite, sin dar opinión propia- dejan en claro los riesgos que está asumiendo el Congreso al derogar la ley cerrojo y la de pago soberano, pasándose además a nado (como decíamos acá) la Ley 27.207 que incorporó al ordenamiento jurídico argentino con carácter de orden público los principios de reestructuración de deudas soberanas aprobados por la ONU.

Porque el problema con las eventuales demandas de bonistas que ingresaron a los canjes o con otros fondos buitres no es con las leyes de EEUU sino con las argentinas; y por esa razón justamente el gobierno de Macri impulsa su derogación. Del mismo modo que el fin del pedido del levantamiento del “stay” dispuesto por Griesa no es para viabilizar los pagos a los fondos buitres que acordaron con el gobierno, sino para destrabar los pagos retenidos injustamente por el juez a los bonistas que ingresaron a los canjes, que están en el BONY.

Si bien es opinable que la cláusula “pari passu” -como sostienen los nuevos abogados yanquis contratados por el gobierno de Macri- no le impedía al gobierno argentino alcanzar acuerdos con algunos de sus acreedores sobre bases diferentes a las del resto, lo cierto es que las cláusulas RUFO puestas en todos los prospectos de emisión de deuda que instrumentaron los canjes en el 2005 y 2010 lo obligaban a trasladar esas mejores ofertas, al conjunto de los acreedores. Algo que quienes de algún modo representan al país ante eventuales litigios futuros deberían saber, más allá del vencimiento de las RUFO en diciembre del 2014.

Y el hecho de que la Corte de Apelaciones de distrito haya debido tratar un reclamo de los fondos buitres (incluyendo a NML y Aurelius) de Paul Singer contra la decisión de Griesa de levantar el “stay” (cautelar que bloqueó los pagos a los bonistas de los canjes) deja claro que -en efecto y aquí sí aciertan los abogados contratados por el gobierno de Macri- el gobierno argentino no les exigió taxativamente desistir o renunciar de y a toda acción judicial presente o futura derivada del caso, como condición sine qua non para efectivizar los acuerdos y pagarles lo pactado.

Para peor, leemosen Ambito Financiero: “La Argentina le pidió ayer formalmente a la Cámara de Apelaciones de Nueva York que emita su fallo sobre las facultades reales de Thomas Griesa para imponer un "stay" a favor del país durante la primera semana de abril. Con la firma de Michael Paskin, el abogado del estudio Cravath, Swaine & Moore (CS&M) que representa en esta etapa a la Argentina, el país pidió que no más allá de esa semana (en lo posible el mismo 4 de abril), la segunda instancia judicial ya haya escuchado a todas las partes y emita un fallo definitivo. Luego, si éste es positivo al poder del juez de aplicar el beneficio para la Argentina, el Gobierno ordenará el pago del dinero correspondiente a los fondos buitre y holdouts. Si es negativo, la decisión de Mauricio Macri será la de no pagar y dar por caída la oferta que el secretario de Finanzas Luis Caputo llevó hasta Nueva York la primera semana de febrero.

Ayer hubo una catarata de presentaciones ante la Cámara de Apelaciones de parte de los acreedores para anotarse en el listado que los jueces de segunda instancia confeccionarán, en el caso que dictaminen que Griesa no tiene razón. Los primeros en decir ayer presentes con sus escritos fueron NML de Paul Singer y NM de Kenneth Dart, curiosamente de los primeros que cobrarían si se concretara el acuerdo con la Argentina, llevándose no menos de 6.000 millones de dólares entre ambos y obteniendo una ganancia de más del 1.000% si antes de la deadline del 14 de abril logran acreditar los pagos que girará el país. ” (otra vez las negritas son nuestras)

¿Se entiende?: Macri extorsiona al Congreso argentino para que apruebe el acuerdo, pero no tiene la certeza de que la contraparte (Paul Singer y los demás fondos buitres, hayan o no arreglado) lo cumplan porque siguen apelando para bloquear los pagos a los bonistas reestructurados.

Entre el monumental lavado de manos de Balbín (al mejor estilo de otro procurador, Poncio Pilatos) y la desaprensión con la que analizan el tema los abogados yanquis, queda claro que el Congreso argentino está a punto de discutir una ley trascendental para el futuro del país en las peores condiciones posibles: avalando un acuerdo ruinoso para el interés nacional, sin los menores resguardos jurídicos que den certeza y tranquilidad sobre nuevos y más costosos litigios; y sin que nadie quiera poner el gancho haciéndose cargo del mamarracho.