LA FRASE

"HABÍA DOS BOTONES, UNO VERDE Y OTRO ROJO, Y YO PENSÉ "EL ROJO DEBE SER PARA VOTAR A FAVOR DE CUBA"." (DIANA MONDINO)

martes, 1 de mayo de 2012

ONCE DÍAS, MUCHOS PEROS



Tardó pero llegó el hombre: habló por fin del tema YPF.

11 días después del anuncio de Cristina, y hubo que chumbarlo un poco; pero se expidió.

Claro, como diría Pino, estaba leyendo la letra chica, y tardó un poco.

Seguramente en breve el "Toni" Riestra romperá con el bloque del FAP, porque está claramente a la izquierda de Binner y Morandini.

Ojo: Scioli está a la izquierda de Binner y Morandini, eh, pero no deja de ser un mérito.

Sobre el pliego de reclamos de ésta gente (el "sí yo te apoyo, pero nosotros lo hubiéramos hecho mejor"), dos o tres cositas:

Al planteo de que todas las provincias participen de YPF y sus ganancias, nos remitimos a lo dicho acá y acá.


A la idea de que se transforme en una Sociedad Anónima con Participación Estatal mayoritaria, cabe decir que si lo que se expropia es una parte (el 51 %, Riestra propone añadir el 25,46 % de Eskenazi) pero no todas las acciones, no es para transformar el tipo social en la misma ley: en todo caso eso debería resolverlo luego la asamblea de accionistas; a lo que hay que agregar que la SAPEM está regida por la Ley 19.550 igual que la SA, con la sóla diferencia de las incompatibilidades y remuneraciones de los síndicos.


La propuesta de modificación del artículo 10 del proyecto remitido por Cristina merece parecidas consideraciones: está contemplado un pacto de sindicación de acciones entre la Nación y las provincias petroleras por 50 años, para votar siempre del mismo modo en las asambleas sociales y reuniones de directorio, y se contempla que no se puede modificar la mayoría estatal sino por una ley especial votada por las dos terceras partes de los miembros del Congreso.


PARES propondría prohibir a futuro la transferencia de esas acciones: en términos prácticos, es lo mismo, porque ninguna ley del Congreso puede prohibir que se dicte en el futuro otra ley (recordar la famosa ley de intangibilidad de los depósitos), o imponer una mayoría agravada cuando no la impone la Constitución. Es como cuando Stolbizer quería reglamentar los DNU por una ley que dijera que el Poder Ejecutivo no podía vetarla: la Constitución no distingue que leyes puede o no vetar el Presidente.


Y la referencia a la retrocesión de la expropiación contemplada en la Ley 21.499 (entendiendo que se habilitarían reclamos de Repsol por esa vía, para que les devuelvan las acciones) obvia el detalle de que la misma ley (en su artículo 35) fija un plazo de prescripción de dos años para que se ejerzan esas acciones desde que se dispuso la expropiación; es decir que después del 2014 no podría ya reclamar nada Repsol por esa vía. 

A la idea de que no expropiar las acciones de Eskenazi favorezca al grupo, esta columna del Rulo Della Torre en Página 12 del domingo; pero ya que estamos: ¿por qué no le pide el diputado Riestra al gobierno de Bonfatti que rescinda alguno de los contratos que tiene con el mismo Eskenazi?

Bien dicen que la caridad bien entendida, empieza por casa. 

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