LA FRASE

"MIS DIFERENCIAS CON EL PRESIDENTE SON PÚBLICAS Y NOTORIAS, PERO QUIERO AGRADECERLE QUE ME HAYA DADO ESTA OPORTUNIDAD DE ORDENAR PERSONALMENTE UNA REPRESIÓN." (VICTORIA VILLARRUEL)

miércoles, 26 de junio de 2013

PREPARANDO EL TERRENO

 

Hace un tiempo ya que nosotros venimos diciendo que somos escépticos respecto al fallo de la Corte en la causa de la ley de medios.

Suponemos (ojalá nos equivoquemos) que la Corte va a ratificar en líneas generales el caso de la Cámara en lo Clarín y lo Rural, que consistiría básicamente en aplicarle al Grupo los límites de licencias de radio y tv, pero obligarlo a devolver las excedentes cuando se venza la prórroga que en su momento(antes de la LSCA) dispusiera el DNU 527/05; y declarando inconstitucional el tope del 35 % como máximo de abonados al cable en todo el país, con el argumento de que la televisión por cable no utiliza el espectro radioeléctrico, como la radio y la televisión abierta.

De ese modo Clarín se evitaría tener que desguazar Cablevisión (recordemos además que el gobierno dio marcha atrás con la autorización de la fusión con Multicanal y su decisión también fue cuestionada en la justicia por el multimedios), y conservaría su principal negocio y fuente de ingresos.

Bajo la apariencia de un fallo salomónico, en rigor preservaría casi intacta la estructura del multimedios; tras cuatro años de pasear el expediente por los tribunales.

Repetimos: ojalá nos equivoquemos y el fallo de la Corte sea favorable a los intereses del Estado, pero somos pesimistas.

Incluso si prestaron atención al discurso de Cristina ayer en Paraná, advertirán que desde el propio Ejecutivo están abriendo el paraguas ante eventuales fallos adversos de la Corte en éste caso, y en el del llamado cepo cambiario, así como eventualmente en la cautelar de la Rural contra el decreto que dispuso la devolución del predio de Palermo al Estado.  

En esa misma línea, la operación montada por Lorenzetti hoy en Clarín y también en la La Nación tiene por objeto principal preparar el terreno para que un eventual fallo favorable a los intereses de Clarín (ni hablar si abrochan los tres, sumando el del cepo y el de la Rural) no sea visto como lo que es (una entrega incondicional de la justicia al poder económico), sino como un valiente acto de independencia judicial, frente a las presiones del poder político.

O por el contrario, echar de antemano sombras de duda sobre un eventual fallo a favor del Estado en la causa de la ley de medios, que en ése caso no sería resultado del simple razonamiento jurídico del tribunal, sino de la presión extorsiva del gobierno.

Y hablando de extorsiones y amenazas, lo que menciona la tapa de Clarín y la nota de Morales Solá (nada menos) en La Nación, puesto en boca de Lorenzetti: ambas son delitos de acción pública, y aunque probablemente el presidente de la Corte lo haya olvidado, él es un funcionario público y como tal, tiene la obligación de denunciar en la justicia todo delito del que sea víctima, o del cual tome personalmente conocimiento; y si no lo hace incurre en otro delito, que es el incumplimiento de los deberes de funcionario público.

A menos que lo publicado hoy en los dos principales diarios del país sea todo mentira, en cuyo caso el propio Lorenzetti debería estar ya desmintiéndolo, por la gravedad institucional del caso.

Porque ambos diarios reproducen información que -de ser cierta- sólo pudieron obtener de él, o de otro de los miembros de la Corte, que si tampoco hicieran las denuncias del caso, serían cómplices del mismo incumplimiento de Lorenzetti a sus deberes.

Lo que no se entiende muy bien es como requerir los antecedentes impositivos de alguien (sea de Lorenzetti, algún familiar suyo o un colaborador de la Corte), puede configurar delito de extorsión o amenazas; porque de ser así la AFIP no podría nunca actuar en ese sentido, o exigir información y aun obtenerla compulsivamente si no se la dan voluntariamente.

O que Lorenzetti y sus familiares y allegados tengan algo que ocultar, porque de lo contrario no se entiende como podrían sentirse extorsionados o amenazados porque les preguntan como andan con el pago de sus impuestos.      

En fin, lo cierto es que, se lo mire por donde se lo mire, el asunto parece una berretada mayúscula que va preparando el terreno para tapar el sol con la mano; porque la mayoría de la gente ya se dio cuenta como funciona la justicia (incluyendo a la Corte) cuando lo que están en juego son determinados intereses, como en este caso los que afecta la ley de medios. 

LA COLUMNA DE MIGUEL DEL SEL


Un análisis a fondo y descarnado sobre el panorama electoral de las PASO, y el futuro del PRO.

Un conocedor de primera mano de la rosca y el mundillo de la política.

Imprescindible para entender lo que se viene.

Y decí que lo primereó al del gorrito que está al lado y no lo dejó hablar, sino chau Wainfeld, Van Der Koooy, Morales Solá: no existen al lado de ése.

martes, 25 de junio de 2013

TWEETS POLÉMICOS












UN GIL QUE TE PAGUE LOS SUELDOS


Del discurso de Cristina el otro día en Rosario quedaron picando los dardos contra la justicia, que remató diciendo que ella en el 2015 aspiraba a ser jueza, por las ventajas que traía.

Y entre ellas mencionó lo cómodo que es tener otro (un gil, o una gila) que te junte la plata para que puedas pagar los sueldos, que no son bajos y gozan de otros beneficios; como no pagar Ganancias.

Y las cosas son así porque el Ejecutivo es el poder administrador, que como tal tiene la obligación de recaudar casi todos los recursos con que cuenta el Estado, pero no la posibilidad de disponer como se distribuyen todos los gastos, aunque prepare el Presupuesto de cada año.

De hecho mas allá de pautas macroeconómicas generales que diseña, debe atenerse a lo que disponen los otros Poderes (el Legislativo y el Judicial) sobre sus propios gastos, y conseguirle los recursos con que afrontarlos.

La Ley 23.853 llamada de autarquía financiera del Poder Judicial es de título engañoso, porque supondría que ése Poder del Estado puede sustentarse con sus propios recursos; lo que no es así. Por el contrario, lo que la ley hace es crear una afectación espeífica del 3,5 % del total de los recursos tributarios y no tributarios de la Administración Central (recaudados básicamente por la AFIP), para destinar esa suma al Poder Judicial.

En el Presupuesto nacional de éste año el Poder Judicial (incluyendo al Consejo de la Magistratura, y sin incluir el Ministerio Público que conduce Gils Carbó) tiene previsto gastar $ 7.126.018.367, antes del último aumento salarial del 10 % resuelto hace poco por la Corte.

De ese presupuesto, el 88,04 % (algo más de 6274 millones) se van en los sueldos de los jueces, funcionarios y empleados; y la partida "Bienes de Uso" (con la que por ejemplo se pueden construir, comprar o arreglar edificios para los juzgados, o comprar computadoras o equipamiento de laboratorio forense) se lleva el 6,20 % del total del gasto.

Para poner las cosas en perspectiva, en el conjunto de la Administración Pública Nacional los gastos en "Personal" (sueldos) representan el 11,19 %, y los gastos en "Bienes de Uso" (obras, equipamiento) el 11,26 %, sin contar las Transferencias de Capital a las provincias, para obras públicas financiadas por la Nación.

Pero el Poder Judicial recauda recursos, a través de las llamadas tasas de justicia (lo que tienen que pagar los ciudadanos por los servicios judiciales), y del interés que le proporcionan los depósitos judiciales en cuentas bancarias.

Si analizamos el Presupuesto del Poder Judicial de la Nación de éste año esos recursos propios representan apenas el 11,11 % del total de sus recursos, y si sólo consideráramos las tasas de justicia propiamente dichas (excluyendo los intereses de los depósitos judiciales), ascienden apenas al 3,15 % del total de los recursos de la justicia nacional. El resto lo aporta el Tesoro nacional, de la recaudación tributaria que le corresponde al Poder Ejecutivo.

Dicho de otro modo, lo que la justicia recauda por sus propios medios alcanzaría apenas para pagarles el 15,12 % de sus sueldos a los jueces, funcionarios y empleados judiciales; o apenas el 4,29 % de esas remuneraciones, si sólo tuviéramos en cuenta lo recaudado por tasas de justicia.

El resto se lo deben a Echegaray, razón por la cual se entiende que Cristina se sienta gila juntando para pagarles los sueldos a los jueces.

En la provincia las cosas no son distintas, sino más bien peores: de los $ 1.165.428.000 de presupuesto del Poder Judicial para éste año (sin incluir al Consejo de la Magistratura, que es una mera oficina dependiente del Poder Ejecutivo), el 93,27 % se va en sueldos; y queda apenas un 2,88 % para invertir en "Bienes de Uso": recordemos que la falta de infraestructura y equipamiento adecuados es la causa principal por la que se viene demorando la puesta en marcha de la reforma de la justicia penal aprobada en el 2006.

Y lo que recauda en Santa Fe el Poder Judicial por sus propios medios cubre apenas el 1,68 % de sus gastos, el resto proviene de los impuestos que paga el conjunto de la población.

Lo que no implica que el acceso a la justicia para el ciudadano sea fácil en términos económicos ni mucho menos (por el contrario, allí está una de las causas que más atenta contra una verdadera democratización de la justicia); sino que estamos ante estructuras sobredimensionadas en gastos que no se traducen en un mejor servicio de justicia para la gente.

Gastos que tienden a crecer (en la medida en que en su enorme mayoría son corrientes, empezando por los sueldos) en la medida que crece la recaudación, de la que llevan ése 3,5 % del que antes hablábamos; y estructuras que además defienden con uñas y dientes sus privilegios corporativos como si fueran de casta.       

SONRÍA, LO ESTAMOS FILMANDO


Hace poco contábamos en ésta entrada el caso de la licitación encarada por el gobierno provincial para contratar la compra e instalación de 600 cámaras de seguridad para instalar en Santa Fe y Rosario.

Decíamos que nos llamaba poderosamente la atención que, tratándose de un negocio en crecimiento explosivo en los últimos años, y con una inversión calculada por el gobierno del orden de los 60 millones de pesos, sólo hubiera habido una empresa interesada en presentar oferta: Nec Argentina S.A.

Que justo (pero justo, vean lo que son las casualidades) era la misma que había sido el año pasado la adjudicataria (y también la única oferente) de la licitación para el equipamiento informático para montar el sistema de identificación de huellas dactilares del servicio de emergencia del Ministerio de Seguridad (acá el decreto). 

Por lo general cuando a una licitación se presenta una sóla empresa, algún mal pensado puede suponer que hay algo raro, como que le armaron el pliego a medida para espantar competidores, o algo por el estilo.

Sin descartar que ésto suceda en éste caso, investigando un poco nos encontramos con algunas sorpresas, como ésta que ven acá:


Por si no se entiende, es el acta de la comisión de adjudicación de la licitación de las cámaras, en la que consta que la única oferta (de Nec Argentina S.A.) "cumple con lo establecido por el pliego", y los miembros de la comisión consideran que su oferta económica es "acorde a los componentes de los sistemas cotizados", pero con una salvedad: luego de que se le pidiera que readecúe técnicamente la oferta, y que rebaje el precio.   

O sea que al principio (es decir, cuando presentó la oferta, que además fue la única) no cumplía con las exigencias del pliego, y además el precio no era conveniente para el Estado.

Nota: el parte oficial de prensa hablaba de una inversión de 60 millones, pero el acta valúa el equipamiento provisto por la empresa en $ 41.516.390, a lo que hay que sumarles $ 17.792 por cada una de las 600 cámaras, que serían unos $ 10.675.200 más: El resto (unos ocho millones de pesos) serían por el servicio de mantenimiento, o alguno se quedó con un vuelto en el camino.

Pero volvamos a lo importante: según dice la comisión de adjudicación, la oferta de Nec Argentina S.A. terminó cumpliendo con las exigencias del pliego, luego de que le pidieran que cambiara la oferta, porque primero no cumplía.

La licitación fue adjudicada por Bonfatti por Decreto 1149/13, previo dictamen 554 del Fiscal de Estado, del cual extrajimos algunos párrafos sumamente interesantes, como éste:


O sea que, consultada la asesoría jurídica del Ministerio de Seguridad, observa la gestión con un argumento tan sencillo como irrefutable: no se puede aceptar una oferta que no se ajusta al pliego, y no se le puede pedir a esa oferta mejora de precios porque es la única, y no está empatada con otras. 

Como al gobierno el criterio no le conformaba, pidieron parecer del Fiscal de Estado (funcionario político, y en el caso del actual, con antecedentes en la Municipalidad de Rosario), que dijo lo siguiente:

 

Más claro aun: dice el Fiscal que lo que hizo la comisión de adjudicación de pedirle a la empresa que modifique su oferta para ajustarla al pliego no se puede hacer, porque atenta contra los principios básicos de la licitación pública como la igualdad, la libre concurrencia y la transparencia.

Y es muy sencillo porque además hubo una sóla oferta presentada, y se podría perfectamente pensar que, si los que no presentaron ofertas porque no podían entregar el equipamiento pedido con ciertas características, sabían que podían cambiar luego lo que ofertaban, se hubieran presentado.

Pero entonces no sería una licitación, con pliego, publicaciones y todo eso.

Antes que alguno se pregunte que pasó entonces, porque la cosa siguió igual y llegó al decreto de adjudicación de Bonfatti, veamos esta otra parte del dictamen de Fiscalía de Estado:  


O sea, está todo mal y habría que dar marcha atrás con la licitación y llamar a otra, peeeero "se presentan...particulares y especialísimas circunstancias" (¿un jefe de policía preso por ser cómplice de los narcos?), que "ameritan un análisis más profundo de la cuestión", dejando de lado pequeñeces, como el principio de legalidad.

Entonces resulta que el Fiscal de Estado descubre que, después de que lanzaron la licitación para comprar las cámaras (en septiembre del año pasado) la Legislatura sancionó la Ley 13.297 que declaró la emergencia en seguridad en Santa Fe por 180 días.

Que entre otras cosas permite comprar en forma directa equipamiento de seguridad, como por ejemplo cámaras de vigilancia.

El problema es que esa ley fue vetada por Bonfatti en el 75 % de sus artículos con el argumento de que la provincia no estaba en una situación de emergencia en materia de seguridad, y que acá lo que hubo no fue una contratación directa (en cuyo caso no hay que ceñirse a un pliego) sino una licitación pública, con todo lo que eso implica.

De modo que la ley que el gobierno rechazó (porque era una iniciativa opositora, y consideraron que no resolvía los problemas de seguridad) ahora la invocó como excusa para adjudicar irregularmente una licitación (convocada antes que se sancionara) a la única oferta presentada, que no cumplía con los requisitos fijados en el pliego.

A ver si como pasó con "Pirucho" Acuña y el tema de los hospitales, alguno de los legisladores provinciales del PJ recoge el guante y averigua un poco como viene la cosa; porque pareciera que los usaron de forros, invocando la ley que ellos votaron, para armar un negocito con las cámaras.

O SEA QUE EL 60 % ESTARÍA CON NOSOTROS


A confesión de parte, relevo de prueba.

lunes, 24 de junio de 2013

FEA LA ACTITUD


Fea la actitud de los que salieron a pegarle una "A" adelante a los carteles de Hermes, para cambiarle el sentido al mensaje, explicado acá por Barricada. Eso no se hace.

Como también es fea la actitud de Hermes y su comando de campaña de violar las leyes vigentes sobre campañas electorales.

Por ejemplo el artículo 31 de la ley 26.571, que dice textualmente lo siguiente: "La campaña electoral de las elecciones primarias se inicia treinta (30) días antes de la fecha del comicio.".

Lo que implicaría que, si las PASO son el 11 de agosto no se puede hacer campaña (por ejemplo pegando afiches) antes del 12 de julio.

Para que no queden dudas que pegar afiches es parte de una campaña, vemos que dice el artículo 64 Bis del Código Electoral Nacional Ley 19.945: "La campaña electoral es el conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines de captar la voluntad política del electorado,...".

El mismo artículo dice además que: "La campaña electoral se inicia treinta y cinco (35) días antes de la fecha del comicio."; y sobre todo que "Queda absolutamente prohibido realizar campañas electorales fuera del tiempo establecido por el presente artículo.".

Fea la actitud, sobre todo tratándose de gente tan republicana y apegada a las instituciones y las normas.