En el Boletín Oficial de ayer se
publicó el Decreto 1246 (verlo completo acá), por el cual se incorpora un
artículo sin número a la reglamentación de la Ley 20.628 del impuesto a las
Ganancias.
Sin embargo y contra lo que
podría pensarse, no tiene que ver con la
suba del mínimo no imponible, la exención del aguinaldo o algunas de las
cuestiones que tienen actualidad en torno al tema, por la discusión que se está
dando en el Congreso. Se trata de otra cosa.
Así reza el texto incorporado: “A los efectos del Artículo 80 de
la Ley, no se considerarán gastos necesarios para obtener, mantener y conservar
ganancias gravadas, las erogaciones generadas o vinculadas con la comisión
del delito de cohecho de funcionarios públicos extranjeros en transacciones
económicas internacionales, resultando improcedente su deducción.”
” (las negritas son nuestras)
Uno podría pensar que la
aclaración es obvia: aunque suele pasar desapercibido porque el problema es el
funcionario que las cobra pero no el privado que las paga, pagar u ofrecer
pagar coimas es un delito; y en consecuencia nadie podría deducir un gasto
ilícito, a los fines de pagar menos impuestos. Sería como pretender deducir de
Ganancias los honorarios de un sicario contratado para matar a alguien.
Y el mismo decreto de Macri
reconoce que no está inventando la pólvora: “Que si bien el sistema legal tributario, como regla
general no admite este tipo de deducciones, lo cierto es que la
participación activa y el compromiso asumido por nuestro país en Foros
Internacionales, tales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos y particularmente en el Grupo de Trabajo sobre Delitos Fiscales y
otros Delitos, así como en el Grupo de Trabajo sobre Soborno en las
Transacciones Comerciales Internacionales de dicho Organismo Internacional, recomiendan
que se dicten normas con la finalidad de homogeneizar los distintos plexos
normativos y facilitar así el trabajo integrado de las Administraciones
Tributarias, en las cuales se contemple expresamente la no deducibilidad de las
referidas erogaciones. ” (y) “Que la adopción de la iniciativa propiciada se corresponde
con la legislación ya dictada en la materia, revistiendo la misma carácter
aclaratorio. ” (otra vez las negritas son nuestras)
Aclarado esto, parece que Macri
hubiera sacado un decreto al completo pedo, para decir algo así como que el
agua moja. A menos que en estos tiempos de blanqueos generosos y armados a
medida de los familiares de los funcionarios, el presidente sepa algo que
nosotros no sabemos.
¿Acaso ha recibido la Argentina
la noticia o denuncia de los fiscos de otros países con los que “intercambia
información” que empresarios argentinos pagaron coimas en el exterior, y luego
se presentaron acá a reclamar poder deducir lo que gastaron para pagar menos
Ganancias?
¿O cómo en esto juega el
principio de reciprocidad, los que pagaron coimas son empresarios extranjeros
acá, y luego fueron a los fiscos de sus respectivos países de origen a reclamar
la deducción de lo pagado?
De cualquier modo y de ser así (y
de no tratarse –reiteramos- de un decreto dictado al más absoluto pedo), el
gobierno debería disponer de la información sobre quienes fueron los
coimeadores, que sería de vital ayuda para llegar a los coimeados; y echar luz
sobre casos de esa corrupción que -dicen- tan interesado está el gobierno de
Macri en combatir.
¿O se van a amparar en el
“secreto fiscal” como hicieron al modificar las normas anti-lavado (enlace al
post anterior) para favorecer el ingreso de más gente al blanqueo?
¿No tendrá esto también que ver
con los expandidos negocios internacionales de la familia presidencial, no?
Algo así como “blanquear sí,
papá; deducir las coimas de Ganancias no, porque ya se notaría mucho”, ponéle.
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