El video de apertura se viralizó en las redes sociales por estos días, y muestra una larga fila de camiones transportadores de caudales rumbo a Ezeiza, supuestamente para llevarse dólares del país, que corresponderían a los bancos extranjeros, en especial norteamericanos.
En un clima de nerviosismo por los movimientos financieros de los fondos especulativos que están yéndose del país y forzando la suba del dólar, y en un país con el recuerdo cercano de lo que pasó en el 2001, la difusión del video sumó inquietud.
Ayer -en teoría- los bancos debían liberar entre 1500 y 2000 millones de dólares de sus tenencias para abastecer el mercado de divisas, para fortalecer la demanda y contener el precio del billete verde; al menos según las últimas disposiciones del Banco Central.
Hay quienes dicen que los bancos extranjeros no cumplieron con la orden, y que los dólares que abastecieron la demanda de los compradores salieron exclusivamente de los bancos oficiales: Nación, BAPRO y Ciudad.
También en las redes hay múltiples testimonios de las dificultades de mucha gente para comprar dólares en bancos o casas de cambio, o de la existencia de un "cepo" informal que limitaría las cantidades a vender por cliente y por día.
En medio de ese clima, resulta cuanto menos sugestivo que en el Boletín Oficial de hoy parezcan publicados dos decretos con la firma de Macri que refieren al transporte de papel moneda nacional y extranjero por camiones transportadores de caudales, que derogan las normas que hasta ahora regían en la materia; facultando al Banco Central a dictar las que las reemplacen.
Por el Decreto 415 (completo acá) se deroga el Decreto 2625 de 1973, que reglamentaba las condiciones en las que debe realizarse el transporte de caudales por vía terrestre, marítima, aérea o fluvial; disponiendo como se dijo que el Banco Central dicte las normas que han de regir en su reemplazo, incluyendo expresamente a los billetes y monedas extranjeras.
Por el Decreto 416 (completo acá) se deroga el Decreto 1832 de 1977, que regulaba el transporte de dinero por montos superiores a los establecidos en el decreto anterior, el de 1973; estableciendo también que será el Banco Central el que dicte la nueva normativa al efecto, pero al mismo tiempo dispone en su artículo 3 que "...el transporte de monedas de curso legal queda exceptuado del cumplimiento de las medidas mínimas de seguridad establecidas en el presente decreto." (la negrita es nuestra, subrayando el plural, porque no refiere solo al peso; y las medidas a las que refiere son la custodia por fuerzas federales) .
Recordemos además que el "mega DNU desburocratizador" (Decreto 27 de enero de éste año) dispuso -entre muchas otras cosas- eliminar el requisito de la autorización previa del Banco Central para la exportación (salida del país) de dinero físico, que establecía el Decreto 1570/01 de De La Rúa y Cavallo, el que estableciera el "corralito".
¿Se trata simplemente de hechos aislados sin conexión entre sí, o en el gobierno saben algo sobre el sistema financiero que nosotros no?
1 comentario:
Ningún banco extranjero cumplió hasta ahora con la baja dispuesta del 30% al 10% del patrimonio en dólares.
En una de esas, están ganando tiempo mientras sacan al exterior "tenencias físicas" (dólares en billetes), y después declaran y hacen la reducción sobre el remanente.
Pero ésto es solo una suposición kirchnerista.
El Colo.
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