Tras los anuncios de Cristina el lunes pasado, comentábamos ayer en éste post las primeras impresiones sobre el proyecto enviado al Congreso para combatir el empleo en negro; luego de lo cual pudimos acceder al texto del mismo, que pueden leer y bajarse siguiendo éste enlace.
Proyecto que contiene muchos puntos interesantes, y que explican -a nuestro entender- que pese a contemplar baja de aportes patronales, no haya sido recibido con mucho entusiasmo que digamos por los empresarios, a juzgar por sus declaraciones en los medios.
Entre los puntos que podemos destacar encontramos los siguientes:
* Se crea el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), al que se podrá tener acceso libre y gratuito por Internet, para acceder a los datos de las empresas que tienen trabajadores no registrados, sufrieron sanciones por obstruir la labor de los inspectores del trabajo, por violar las normas sobre prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente y sobre trata de personas.
* La inscripción en el Repsal (que puede tener una duración máxima de hasta 3 años) determina que las empresas que figuran allí no podrán acceder a ninguno de los beneficios de la ley, serán excluidas de los registros de proveedores del Estado (incluyendo los de contratistas de obra pública), y tampoco podrán recibir subvenciones y subsidios estatales, ni acceder a ningún tipo de programa de fomento; o a líneas de crédito de los bancos oficiales.
* Las reducciones de aportes patronales que se establecen no pueden afectar de ningún modo el financiamiento de la seguridad social (debiendo tomar el PE las previsiones presupuestarias para compensar lo que no ingrese por esa vía), ni los derechos de los trabajadores que sean blanqueados.
* Quedan afuera de la reducción los aportes patronales destinados a la obra social de los trabajadores y a las ART; para las que se puede fijar una cotización inferior al promedio de las que rigen para los demás casos.
* Los que para encuadrarse dentro de las pautas del régimen permanente de promoción aplicable a las micropyme (empresas con hasta 5 empleados) despidan personal, quedarán afuera del mismo por un año desde el último despido; y todo el tiempo que permanezcan en el Repsal si estuvieran en él.
* El personal de casas particulares queda excluido expresamente del nuevo régimen en lo que tiene que ver con la rebaja de aportes patronales, y continúa rigiéndose por el nuevo régimen laboral del sector, aprobado por la Ley 26.844.
* Los beneficios transitorios del régimen (por 24 meses) son para las empresas que aumenten la planta de personal; para evitar que despidan gente que luego pretendan compensar con la contratación de nuevos empleados, para pagar por ellos menos aportes.
* En la misma línea, los que despidieron personal seis meses antes de la entrada en vigencia de la ley, no podrán contar con sus beneficios por lo menos por un año; otro modo de evitar los despidos o -si se quiere- estimular a las empresas que mantuvieron su planta de personal.
Para terminar y poner las cosas en contexto, glosamos algunos datos contenidos en el mensaje de Cristina elevando el proyecto al Congreso; que da una perspectiva sobre le evolución del empleo informal en estos años:
* La cantidad de trabajadores declarados a la seguridad social creció un 92% entre los años 2002 y 2012, alcanzando en la actualidad el nivel más elevado de los últimos 38 años.
* La tasa de empleo no registrado en los últimos 10 años se redujo en 15 puntos porcentuales, desde un 49% de los asalariados en el año 2003 a un 34% a fines del año 2013.
* En la década de los noventa, de cada 100 puestos de trabajo creados, 90 eran no registrados, mientras que en el período comprendido entre los años 2003 y 2012, de cada 100 puestos de trabajo creados, 92 fueron empleos registrados.
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