...el Ente Administrador del puerto de Santa Fe que hoy está en el ojo de la tormenta por el caso Vorobiof, tendrá también a su cargo el control de la operación del puerto en su nuevo emplazamiento a la vera del Paraná?
Así lo dice el artículo 3 del pliego del llamado a licitación: "Desde el llamado a licitación y hasta la recepción definitiva de las obras comprometidas en carácter de inversión inicial, la UNIDAD EJECUTORA tendrá todas las funciones que se describen como propias de la CONTRATANTE. Desde el momento en que se produzca la recepción definitiva de las obras, el EAPSF asumirá todas las funciones de la CONTRATANTE.
"No obstante lo anterior, luego de la recepción provisoria de las obras, todo lo referido al cumplimiento del contrato en materia de operatoria portuaria será facultad exclusiva del EAPSF.".
¿Sabías que todas las construcciones y mejoras que hagan los futuros concesionarios en el nuevo puerto pasarán al Ente Administrador del puerto de Santa Fe, formado en su mayoría por sectores privados?
Así lo dice el artículo 3 del pliego del llamado a licitación: "Desde el llamado a licitación y hasta la recepción definitiva de las obras comprometidas en carácter de inversión inicial, la UNIDAD EJECUTORA tendrá todas las funciones que se describen como propias de la CONTRATANTE. Desde el momento en que se produzca la recepción definitiva de las obras, el EAPSF asumirá todas las funciones de la CONTRATANTE.
"No obstante lo anterior, luego de la recepción provisoria de las obras, todo lo referido al cumplimiento del contrato en materia de operatoria portuaria será facultad exclusiva del EAPSF.".
¿Sabías que todas las construcciones y mejoras que hagan los futuros concesionarios en el nuevo puerto pasarán al Ente Administrador del puerto de Santa Fe, formado en su mayoría por sectores privados?
Así lo dice el artículo 8 del pliego: "Las construcciones propuestas por el CONCESIONARIO en su OFERTA y todas aquellas que realice con posterioridad, como así también todos aquellos bienes que se especifican como parte de la INVERSIÓN INICIAL a realizar por el OFERENTE pasarán, vencido el plazo de CONCESIÓN, y/o su eventual prórroga, sin derecho a compensación o indemnización de ninguna especie, al EAPSF de acuerdo a la normativa aplicable."
Ello pese a que la Ley 11.011 dice en su artículo 9 que se excluyen del patrimonio de los entes portuarios "se excluyen expresamente el dominio de derechos y acciones sobre los inmuebles, los que quedan reservados para el Estado Provincial"; y en su artículo 14 que "Las mejoras que los entes incorporen a los mismos quedarán en propiedad de la Provincia sin obligación de reembolso, compensación o indemnización alguna por las mismas"; y que "Quedan excluidos (del patrimonio del Ente) los derechos y acciones atinentes al dominio de los inmuebles de los respectivos Puertos que serán de exclusiva titularidad de la Provincia.".
Ello pese a que la Ley 11.011 dice en su artículo 9 que se excluyen del patrimonio de los entes portuarios "se excluyen expresamente el dominio de derechos y acciones sobre los inmuebles, los que quedan reservados para el Estado Provincial"; y en su artículo 14 que "Las mejoras que los entes incorporen a los mismos quedarán en propiedad de la Provincia sin obligación de reembolso, compensación o indemnización alguna por las mismas"; y que "Quedan excluidos (del patrimonio del Ente) los derechos y acciones atinentes al dominio de los inmuebles de los respectivos Puertos que serán de exclusiva titularidad de la Provincia.".
¿Sabías que el canon que tendrá que pagar el futuro concesionario del nuevo puerto de Santa Fe no lo percibirá el Estado provincial, sino el Ente Administrador?
Así lo dice el artículo 9 del pliego: "El CANON de la CONCESIÓN, deberá ser pagado al EAPSF.".
Así lo dice el artículo 9 del pliego: "El CANON de la CONCESIÓN, deberá ser pagado al EAPSF.".
¿Sabías que la provincia de Santa Fe subsidiará con 38,5 millones de dólares (al tipo de cambio de hoy, casi 329 millones de pesos) a los futuros concesionarios del puerto, suma que por ser un subsidio no deberán devolver?
Así lo dice el artículo 10 del pliego: "La Provincia de Santa Fe otorgará un APORTE NO REINTEGRABLE a favor del CONCESIONARIO consistente en un porcentaje fijo del monto de cada uno de los certificados de obra mensuales que le sean aprobados (según lo detallado en el Capítulo IV del presente pliego) y por hasta un monto máximo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL (u$s 38.500.000.).".
¿Sabías que por esa razón hacerse cargo de la construcción y operación del nuevo puerto por 33 años es un negocio muy rentable, porque además del subsidio para las obras, el concesionario percibirá todos los ingresos que genere la operatoria portuaria?
¿No te parece extraño que -pese a eso- en la licitación se haya presentado una sola propuesta; que encima viene con problemitas como se cuenta acá?
¿Qué sabrán Boluda y sus socios que las otras empresas no?
Así lo dice el artículo 10 del pliego: "La Provincia de Santa Fe otorgará un APORTE NO REINTEGRABLE a favor del CONCESIONARIO consistente en un porcentaje fijo del monto de cada uno de los certificados de obra mensuales que le sean aprobados (según lo detallado en el Capítulo IV del presente pliego) y por hasta un monto máximo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL (u$s 38.500.000.).".
¿Sabías que por esa razón hacerse cargo de la construcción y operación del nuevo puerto por 33 años es un negocio muy rentable, porque además del subsidio para las obras, el concesionario percibirá todos los ingresos que genere la operatoria portuaria?
¿No te parece extraño que -pese a eso- en la licitación se haya presentado una sola propuesta; que encima viene con problemitas como se cuenta acá?
¿Qué sabrán Boluda y sus socios que las otras empresas no?
1 comentario:
A esto le llaman "SOCIALISMO"...????
LA QUE LOS TIRÓ....
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