LA FRASE

"HABÍA DOS BOTONES, UNO VERDE Y OTRO ROJO, Y YO PENSÉ "EL ROJO DEBE SER PARA VOTAR A FAVOR DE CUBA"." (DIANA MONDINO)

sábado, 13 de febrero de 2021

¿ QUÉ REFORMA LA REFORMA?

 


Desde que el gobierno envió al Congreso el año pasado su proyecto de reforma judicial, todos creen ver en ella algo diferente: para la oposición (incluidos los medios) es una tentativa autoritaria del Ejecutivo para controlar la justicia, y parte central del plan para garantizar la impunidad de Cristina y todos los dirigentes y ex funcionarios kirchneristas involucrados en causas judiciales.

Para los "propios" (para algunos) sería una especie de remedio milagroso de amplio espectro, para resolver todos los problemas, desde el "lawfare" y los presos políticos, hasta la inflación o la crisis económica. No faltan quienes justifican las tibiezas y retrocesos del gobierno con el argumento de que "hay que esperar a que salga la reforma judicial". Y no hablemos de lo que se está hablando de ella con las novedades judiciales de las últimas horas. 

En uno y otro caso, sin embargo, hay una coincidencia: casi nadie habla de la reforma en sí, ni explica en que consiste concretamente. Eso es lo que vamos a intentar acá. Los asteriscos de abajo marcan los principales puntos: 

* Se unifican los fueros Criminal y Correccional Federal y Nacional en lo Penal Económico, ambos de la Capital Federal, bajo la denominación de fuero Penal Federal, creándose 5 Tribunales Orales en lo Penal Federal y 23 Juzgados en lo Penal Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las causas actualmente en trámite continuarán su trámite ante los mismos juzgados, hasta su conclusión.

Hasta tanto se realicen los concursos para cubrir esos nuevos juzgados (por el Consejo de la Magistratura), se procederá a designar jueces y juezas subrogantes. Los listados de los subrogantes los elaborará la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional y los remitirá al Consejo de la Magistratura; el que procederá a elegir de la lista los que serán propuestos al Poder Ejecutivo Nacional, quien los designará previo acuerdo del Senado.

* Se crean 23 Fiscalías que actuarán ante los Juzgados en lo Penal Federal  con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y 5 Fiscalías que actuarán ante los Tribunales Orales en lo Penal Federal también en la CABA. También se crean 8 Defensorías Pública Oficiales que actuarán ante los Juzgados y la Cámara en lo Penal Federal y 3 Defensorías Públicas Oficiales, las que actuarán ante los Tribunales Orales en lo Penal Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Se fija un plazo plazo máximo de 2)años de la entrada en vigencia de la ley para implementar el Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en el Fuero Penal Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se transfiere la competencia para investigar y juzgar la totalidad de los delitos cometidos en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de la materia federal, al Ministerio Público y a los jueces competentes de la ciudad.

* Se unifican los fueros Nacional en lo Civil y Comercial Federal y Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, ambos de la Capital Federal. Las causas actualmente en trámite ante los Juzgados y Salas de las Cámaras Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal y Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, continuarán radicadas ante esos mismos órganos hasta su conclusión definitiva, cualquiera sea el estado del proceso."

* Se crean 94 Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Penal con asiento en las Provincias y sus respectivos cargos de juez o jueza, 23 cargos de defensor o defensora oficial ante esos nuevos juzgados y 85 cargos de fiscal ante los mismos.

Esa es en sus aspectos más importantes la reforma que está en el Congreso. En este enlace pueden acceder al texto completo del proyecto. 

No dice nada, en cambio, respecto al funcionamiento del Consejo de la Magistratura, como se integra, como realiza los concursos para elegir jueces o como los sanciona; ni tampoco respecto a la Corte Suprema: no amplía su número de miembros, ni contempla que pueda funcionar en salas.

No propicia derogar el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que le permite a la Corte descartar causas sin pronunciarse y sin dar razones, bastando su solo criterio. Tampoco modifica la Ley 48 ni el trámite del recurso extraordinario, ni el sistema de control de constitucionalidad difuso, que hace que cualquier juez pueda declarar la inconstitucionalidad de una ley.

No deroga la ley del arrepentido, ni toma absolutamente ninguna medida respecto a las prácticas de "lawfare", no establece ningún mecanismos de revisión de las causas plagadas de nulidades, y de las condenas recaídas en ellas.

No vuelve a insistir con las reformas aprobadas por el Congreso en 2013 a instancias de proyectos enviados por Cristina, y declarados "inaplicables" por una acordada de la Corte, sobre publicidad de los fallos y resoluciones judiciales, de las declaraciones juradas de los jueces, o el ingreso por concurso de los empleados del Poder Judicial.

Juzguen por ustedes mismos si la reforma -que duerme en Diputados y no ha sido aun aprobada- es la que necesita la justicia en la Argentina: como muestra la imagen de apertura, la propia Cristina dijo hace casi seis meses que no. Tuits relacionados: 

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Lo de Massa 2023 ya lo sabemos. Lo que no sabemos es que hacer para evitarlo.

Con o sin Cristina el pueblo tiene que comer.
La idea es que no votemos todos desperdigados porque a algunos no les gusta Moreno y otros son claramente votantes de Del Caño. Como el profe Marcos.

Son legislativas, aunque Moreno este viejo es la mejor opción para octubre.

De vuelta, si tienen una idea mejor es hora de ir hablando

Decepcionado al mango dijo...

Lamentablemente, Argentina murió en 2015. La única que garantiza un cambio es Cristina, pero no pasa del 35% de los votos. Todas las otras opciones, votes la que votes, apunta en el mismo sentido: aumentar la profundidad de la tumba y la de carroñeros alrededor del cadáver.

Anónimo dijo...

Reitero. La eeforma judicial necesaria es un pan de trotyl.