LA FRASE

"HABÍA DOS BOTONES, UNO VERDE Y OTRO ROJO, Y YO PENSÉ "EL ROJO DEBE SER PARA VOTAR A FAVOR DE CUBA"." (DIANA MONDINO)

jueves, 23 de junio de 2011

DE CONTROLES, CORRUPTOS Y CORRUPCIÓN


La corrupción es "el" tema del momento, el elegido por Clarín, La Nación, Perfil, Majul, Lanata y demases para pegarle al gobierno y limar las chances electorales de Cristina: que el caso Schoklender, que Milagros Sala, que si la Unidad de Información Financiera funciona o no, que si Echegaray y los feed lots, y la ONCCA; y podríamos seguir.

Y hablando de la UIF y el lavado de dinero, y el caso Schoklender, leemos en el suplemento económico de Clarín una nota sobre la promulgación de la Ley 26.683, que modificó el Código Penal y la Ley 25.246, tipificando al lavado de dinero como un delito autónomo, y regulando el funcionamiento de la Unidad de Información Financiera.

Aquí podemos ver el texto de la ley recientemente sancionada, junto al del decreto de promulgación parcial de Cristina. Parcial porque vetó el artículo 25 de la ley, justamente el que le quitaba a la UIF la atribución de constituirse en querellante en los procesos judiciales por lavado de dinero y encubrimiento de activos de origen delictivo.   

La nota se hace cargo del argumento opositor en punto a que, otorgarle ese rol al organismo que conduce José Sbatella es darle más poder, que el gobierno usará para amedrentar opositores; y el diputado Ferrari cuestiona que Cristina haya resuelto modificar la ley sin pasar por el Congreso.

En el decreto de promulgación parcial se mencionan las causas en las que actualmente la UIF está constituida como querellante, a partir de la autorización otorgada por este otro decreto de Cristina. Como se puede ver, ninguno involucra a dirigentes opositores.

A menos que estos a su vez estén implicados en causas por lavado de dinero o activos de origen delictivo; en cuyo caso estarían pretendiendo una suerte de bill de indemnidad, y nosotros nos estaríamos enterando de cosas que no sabemos.

Porque hay que aclarar que, si no hay lavado de dinero o no se sospecha que lo pueda haber, la UIF no puede -sencillamente- intervenir; sea o no parte querellante. Querellante que no acusa (no es el fiscal, el representante del ministerio público y de la acción penal), ni juzga ni condena, dicho sea de paso.

Solo puede ofrecer pruebas, instar la investigación, presentar recursos en su caso, los que deberán ser evaluados por el juez que conduce la investigación, con participación necesaria del ministerio público y todas las garantías del derecho de defensa para los imputados. De modo que el fantasma que se agita si la UIF se constituye en querellante, es pura cháchara.

Cháchara que además hace perder tiempo, porque fue la principal excusa con la que el Grupo A (con mayoría en Diputados desde fines del 2009) cajoneó por más de un año y medio el proyecto de modificación de la ley de lavado enviado por Cristina al Congreso; y esa demora está directamente vinculada con el caso Schoklender del que se habla en la misma nota.

¿Por qué?

Porque lo que la reforma hace -a tono con las recomendaciones hechas a la Argentina por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)- es tipificar al lavado de dinero y encubrimiento de activos de origen delictivo como un delito autónomo; lo que implica que no es menester probar previamente la existencia del delito que originó los fondos ilícitos, para perseguir a alguien por lavado.

Esa reforma no se le puede aplicar a Sergio Schoklender por el principio de la extractividad de la ley penal más benigna (artículo 2 del Código Penal), por lo que para juzgarlo por lavado de dinero, primero deberán demostrarse los demás delitos que se le imputan; tarea en la que el juzgado cuenta hasta ahora como elemento esencial con las pruebas aportadas justamente por la UIF de Sbatella. De modo que si alguno tiene la culpa en esta materia no es justamente la UIF.

Párrafo aparte para la mención del diputado Ferrari a la falta de intervención del Congreso, a estudiar derecho amigo: cuando el Poder Ejecutivo (como en este caso Cristina) promulga parcialmente una ley observando alguna parte de ella, el artículo 80 de la Constitución dice que debe seguirse el procedimiento establecido para los decretos de necesidad y urgencia.

Eso implica aplicar el procedimiento establecido por la Ley 26.122, y remitir el decreto a la Comisión Bicameral Permanente para que analice si es correcto o no haber promulgado la ley en todos los demás artículos, objetando en este caso el que le negaba a la UIF constituirse como querellante; y luego discutir la cuestión en ambas Cámaras para aprobar o rechazar lo decidido por Cristina.


Se conoció en estos días otra noticia (silenciada por los medios hegemónicos) vinculada a la corrupción y los controles del Estado, que es el sobreseimiento dictado por la Cámara Nacional de Casación Penal para todos los imputados en la causa por la concesión del espacio radioeléctrico a la empresa francesa Thales Spectrum en el gobierno de Menem. Sobreseídos por "inexistencia de delito", en un fraude contra el Estado de casi 672 millones de pesos.

En esa causa estuvieron todos los condimentos que pide la oposición cuando habla de estas cosas: la Sindicatura General de la Nación y la Auditoría General produjeron sendos informes denunciando el negociado, el Poder Ejecutivo actuó con decisión. Claro, fue Kirchner por este decreto, por eso parece que no cuenta.

En la causa estaban implicados funcionarios públicos del menemismo, y un personaje muy particular: Juan Carlos Cassagne, un conocido administrativista que asesoró al tristemente célebre Roberto Dromi en todas las privatizaciones más escandalosas del gobierno de Menem, y que luego de esa labor, cambió de ventanilla para asesorar a las empresas concesionarias.

En especial si eran de capitales franceses, como fue el caso de Tahles y el del consorcio que gestionaba Aguas Argentinas, otra concesión declarada caduca por Kirchner; y que los santafesinos conocimos acá por las malas, a través de su gestión en Aguas Provinciales. 

Pero el amigo Cassagne no estuvo solo en la estacada: su abogado defensor fue Ricardo Gil Lavedra, uno de los que trasegan los estudios televisivos hablando de la corrupción kirchnerista; y que además se las rebusca con el estudio jurídico porque parece que no le alcanza la dieta de diputado para llegar a fin de mes.

No hay comentarios: