LA FRASE

"HABÍA DOS BOTONES, UNO VERDE Y OTRO ROJO, Y YO PENSÉ "EL ROJO DEBE SER PARA VOTAR A FAVOR DE CUBA"." (DIANA MONDINO)

sábado, 3 de mayo de 2014

TE AVISAMOS, MAURICIO: NO IBA A ANDAR


Leemos en Página 12 de ayer que la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a un planteo de la AFSCA pidiendo que se suspendiera la ejecución de los artículos de la "ley de medios" porteña que se oponen a la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Dicen los jueces en su fallo que "a primera vista, “puede advertirse que habría contradicciones” entre la norma porteña y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA), lo cual atenta contra la supremacía de las leyes nacionales sobre las locales."

La ley (votada por todo el arco opositor al gobierno nacional, en la legislatura porteña) tuvo su origen en un DNU de Macri dictado cuando se esperaba el fallo de la Corte Suprema de la Nación sobre la validez de la LSCA; DNU que nosotros analizamos en detalle en éste post.

Justamente cuando se conoció el fallo de la Corte sobre la ley de medios, en los comentarios al post respectivo un lector nos preguntaba que pasaría si Macri se empeñaba en auxiliar a Clarín a resistir su aplicación, con basamento en su DNU, luego ratificado por la Legislatura:


Como ven, advertíamos entonces nosotros que la materia era competencia exclusiva del gobierno federal (nacional), y así lo había establecido la propia Corte en distintos fallos.

Al respecto, dijeron los camaristas en la resolución que hizo lugar al planteo de la AFSCA: "la Constitución Nacional establece la jerarquía de las fuentes del derecho, colocando a las leyes nacionales por encima del ordenamiento local, “que debe subordinarse a esa supremacía”. Además, los magistrados citaron fallos en los que la Corte Suprema ya hizo prevalecer la ley federal que regulaba los servicios de comunicación audiovisual por sobre normativas locales. Incluso agregaron que la LdSCA fue motivo de controversia judicial y que los planteos de inconstitucionalidad fueron desestimados el 29 de octubre pasado.

“No se encuentra en discusión que la facultad de regular los servicios de comunicación audiovisual en el país corresponde exclusivamente al Congreso de la Nación”, aclaró la Cámara, que tomó algunas de las contradicciones entre ambas normas planteadas por la Afsca. El organismo presidido por Sabbatella cita 12 artículos que colisionan con las atribuciones que le otorga la ley federal como la prohibición de suspender un licenciatario, regular grillas de programación o la exclusión de los medios de comunicación de regulaciones en materia de defensa de la competencia. Luego del detallado análisis de esos artículos, el tribunal concluye que la ley porteña “no permitiría a la Afsca ejercer las atribuciones” reconocidas por la ley de medios en la Ciudad de Buenos Aires.".

Y agrega el diario que "Si bien el Grupo Clarín hasta ahora no utilizó esta herramienta legal brindada por las fuerzas opositoras de la Ciudad, en la Afsca consideraron positivo el otorgamiento de la cautelar porque “despeja” de eventuales obstáculos la aplicación de la LdSCA. Fuentes del organismo recordaron que el Grupo Clarín todavía tiene pendiente la presentación de los propietarios de las seis unidades de negocios en las que se dividirá y que por información extraoficial se trataría de burlar la aplicación real de la ley. En ese caso, la Afsca podría avanzar con la adecuación de oficio, circunstancia en la que la ley porteña podría entorpecer el proceso.".

Al final, esto le pasa a Mauricio por no leer éste blog.

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